Protocolo de Prevención y Atención de Acoso Sexual Laboral
Identificación
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Nombre | Código |
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| Protocolo de Prevención y Atención de Acoso Sexual Laboral | MPC5B | |||
| Fecha de Emisión | Fecha de Actualización | Versión | ||
| 2026/04/30 |
No aplica |
1 | ||
Elaboró: Ingrid Rodríguez Bonilla
Revisó y Autorizó Última Versión: comité de SST y de convivencia
Introducción
El protocolo que se presenta a continuación, establece los lineamientos para prevenir, detectar, dar trámite y sancionar el acoso sexual en el entorno laboral, en cumplimiento con la normatividad legal vigente y el compromiso de Oncomedic Ltda, con el respeto, la dignidad y la integridad de todas las personas que forman parte de esta. El acoso sexual constituye una forma de violencia que afecta no sólo a la víctima, sino también al clima organizacional, la productividad y el bienestar general del equipo de trabajo.
Este protocolo busca promover un ambiente seguro, inclusivo y libre de discriminación, estableciendo una cultura de respeto y tolerancia cero frente a cualquier conducta de acoso sexual. Para ello, se definen los conceptos relevantes, las rutas de atención, los canales de denuncia, los procedimientos de actuación y las posibles sanciones, garantizando en todo momento la protección de los derechos de las personas involucradas, así como la confidencialidad y la imparcialidad en la atención de los casos.
Oncomedic Ltda, está comprometida desde la alta dirección con la prevención de las conductas de acoso en el ambiente laboral, rechaza el Acoso Sexual Laboral, en cualquiera de sus manifestaciones. Oncomedic Ltda, tiene como base el respeto por cada uno de sus colaboradores sin distinción de género.
Objetivo
Proteger a todos los trabajadores que laboran en Oncomedic Ltda, estableciendo las rutas de denuncia y de acción cuando estos casos se lleguen a presentar, con el propósito de que los trabajadores y trabajadoras conozcan cómo actuar de manera preventiva y correctiva ante situaciones de acoso sexual laboral.
Alcance
Este protocolo tiene alcance a todos los trabajadores y trabajadoras de Oncomedic Ltda, sin discriminación por razón de género, edad, creencia religiosa, etnicidad, orientación sexual, identidad de género, cargo, antigüedad o cualquier otra condición personal, así como tiene alcance a su personal contratista y demás personas que tengan una relación laboral con Oncomedic Ltda.
Marco Legal
Decreto 405 de 2025: Reglamenta sanciones para el acoso sexual laboral, incluyendo multas para los empleadores que despidan a empleados que han denunciado acoso, especificando que el despido de un empleado durante el trámite de denuncia o dentro de los seis meses siguientes, se presume como retaliación laboral.
Ley 2365 de 2024: Por medio de la cual se adoptan medidas de prevención, protección y atención del acoso sexual en el ámbito laboral y en las instituciones de educación superior en Colombia y se dictan otras disposiciones.
Circular 055 de 2024: Prevención, identificación y atención del acoso laboral, acoso sexual y discriminación contra las personas de los sectores sociales LGBTIQ+ en el ámbito laboral.
Circular 075 de 2025: Prevención, identificación y atención del acoso laboral, acoso sexual y discriminación contra las personas trans, personas no binarias e identidades de género no hegemónicas.
Circular 026 de 2023: Esta circular tiene como por objetivo “Visibilizar y contribuir a la prevención y atención de las violencias que viven las mujeres y personas de los sectores sociales LGBTIQ+ en el entorno laboral.
Resolución 2764 de 2022: Por la cual se adopta la Batería de instrumentos para la evaluación de factores de Riesgo Psicosocial, la Guía Técnica General para la promoción, prevención e intervención de los factores psicosociales y sus efectos en la población trabajadora y sus protocolos específicos y se dictan otras disposiciones.
Ley 1752 de 2015: Esta ley tiene por objeto garantizar la protección de los derechos de una persona, grupo de personas, comunidad o pueblo, que son vulnerados a través de actos de racismo o discriminación.
Ley 1257 de 2008: Por la cual se dictan normas de sensibilización, prevención y sanción de formas de violencia y discriminación contra las mujeres, se reforman los Códigos Penal, de Procedimiento Penal, la Ley 294 de 1996 y se dictan otras disposiciones.
Especifica el acoso sexual laboral como aquel que ocurre dentro del entorno de trabajo y lo identifica como una de las manifestaciones de violencia contra las mujeres. Esta ley amplía la definición de violencia contra las mujeres para incluir cualquier acto o falta de acción que provoque muerte, daño o sufrimiento físico, sexual, psicológico, económico o patrimonial, específicamente por ser mujer.
Resolución 2646 de 2008: Por la cual se establecen disposiciones y se definen responsabilidades para la identificación, evaluación, prevención, intervención y monitoreo permanente de la exposición a factores de riesgo psicosocial en el trabajo y para la determinación del origen de las patologías causadas por el estrés ocupacional.
Ley 1010 de 2006: La presente ley tiene por objeto definir, prevenir, corregir y sancionar las diversas formas de agresión, maltrato, vejámenes, trato desconsiderado y ofensivo y en general todo ultraje a la dignidad humana que se ejercen sobre quienes realizan sus actividades económicas en el contexto de una relación laboral privada o pública.
Son bienes jurídicos protegidos por la presente ley: el trabajo en condiciones dignas y justas, la libertad, la intimidad, la honra y la salud mental de los trabajadores, empleados, la armonía entre quienes comparten un mismo ambiente laboral y el buen ambiente en la empresa.
Premisas de Prevención y Acción

