Procedimiento de Referencia y Contra referencia
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Identificación
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Nombre | Código |
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| Manual de Referencia y Contrareferencia | MPI3 | |||
| Fecha de Emisión | Fecha de Actualización | Versión | ||
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2003/01/10 |
2020-07 14 |
10 | ||
Elaboró Ultima Versión:
| Edwin Alexander Montoya Meneses | Gerente |
| Lucy Ramirez Londoño | Coordinador de Calidad |
Revisó y Autorizo Ultima Versión: Comité de Calidad
Introducción
Dada la complejidad y la exigencia de múltiples intervenciones en el manejo del paciente y los lineamientos gubernamentales en torno a la elaboración de rutas de atención se hace necesario articular el que hacer de la organización con el de las demás entidades que se encargan de la atención de los usuarios mediante un Modelo de atención, que tome en cuenta los procedimientos internos para prestación del servicio desde la admisión asta el egreso; el presente manual busca describir dichos procedimientos y actividades de forma articulada de modo que permita fortalecer la comunicación entre las componentes diversas partes involucradas facilitando la oportunidad, seguridad y calidad del servicio, el desarrollo científico y el apropiado uso de los recursos disponibles, en este intercambio de información, consciente, organizado y confidencial.
Objetivo
Implementar y garantizar el sistema de Referencia y Contrarreferencia de Oncomedic ltda, articulado con las instituciones que contratan los servicios y los demás prestadores, optimizando la utilización de los recursos físicos, humanos, tecnológicos y financieros, previniendo la presentación de eventos adversos, favoreciendo el desarrollo armónico de la atención de los pacientes, direccionando la demanda de los servicios de acuerdo con la capacidad de respuesta de la red, mejorando el nivel de satisfacción de los usuarios.
Alcance
El procedimiento inicia con el envío del paciente a nuestra institución mediante una orden medica y termina con la contra-referencia del paciente para ser atendido en otro nivel de complejidad u otros servicios según los requerimientos del mismo.
Marco conceptual
Marco Legal
- DECRETO 2759 DE 1991 Por el cual se organiza y establece el sistema de referencia y contra referencia. Establece las normas técnicas y administrativas que se requieren para la adecuadamente prestación del servicio de salud, según el nivel de atención y grado de complejidad con la debida oportunidad y eficacia.
- La Resolución 2626 de 2019 adopta el Modelo de Acción Integral Territorial – MAITE, modifica la Política de Atención Integral en Salud — PAIS, y busca la trasformación operativa de la organización y prestación de los servicios de salud en Colombia.
Marco Referencial
-Referencia y contrarreferencia: incluye el Conjunto de Normas Técnicas y Administrativas que permiten prestar adecuadamente el servicio de salud, según el nivel de atención y grado de complejidad de las instituciones de salud con la debida oportunidad y eficacia acceso universal de la población al nivel de tecnología que se requiera y propender por una racional utilización de los recursos
institucionales..
-Referencia: Envío de usuarios, muestra biológicas, o información de ayuda diagnóstica y terapéuticas entre las partes involucradas en la prestación del servicios de salud, de acuerdo con el grado de complejidad que permite dar respuesta a las necesidades de salud.
-Contrarreferencia:, Respuesta de los prestadores de salud receptoras de la referencia, a quien hace la referencia que puede ser la contrarremisión del usuario con las debidas indicaciones a seguir o la información sobre la atención recibida por el usuario en la institución receptora, o el resultado de las solicitudes de ayuda diagnóstica.
MODALIDADES DE SOLICITUD DE SERVICIOS.
1.- Remisión: Procedimiento por el cual se transfiere la atención en salud de un usuario, a otro profesional o institución, con la consiguiente transferencia de responsabilidad sobre el cuidado del mismo.
2.- Interconsulta. En la solicitud elevada por el profesional o institución de salud, responsable de la atención del usuario a otros profesionales o instituciones de salud para que emitan juicios y orientaciones sobre la conducta a seguir con determinados usuarios, sin que estos profesionales o instituciones asuman la responsabilidad directa de su manejo.
3.- Orden de servicio: En la solicitud de realización de actividades de apoyo diagnóstico y/o tratamiento entre una institución y otra. Para lo anterior pueden referirse: Personas, elementos o muestras biológicas y productos del ambiente.
4.- Apoyo tecnológico: Es el requerimiento temporal de recursos humanos, de dotación o insumos, de un organismo a otro, para contribuir a la eficiencia y eficacia en la prestación de servicios, de conformidad con el principio de subsidiariedad, evitando así el desplazamiento de usuarios.
Descripción
Operacionalmente el sistema de referencia y contrareferencia comprende:
- Ärea de influencia Datos generales de la empresa
- Mecanismos de transferencia de pacientes: todos los pacientes de Oncomedic llegan referidos de diferentes instituciones o profesionales para la atención especializada que brinda la organización segun lo descrito en el Modelo de atención en salud
- Capacidad resolutiva Oncomedic y niveles de atención, y el desarrollo de las especialidades
Admisión
Para la admisión del paciente a los servicios de la organización es indispensable:
- Orden medica solicitando el servicio de oncología clínica, hematología, ginecología oncologica u oncología oral.
- Autorización de la EAPBS a nombre de oncomedic ltda
- Reporte de la histopatología en el que se cuente con diagnostico de patología oncológica si el servicio solicitado es el de Oncologia Clínica, dado que dentro de la organización no hay especialidad quirúrgica, los servicios de hematología, ginecología oncológica y oncología oral no requieren el reporte de patología.
En la consulta de oncología clínica solo se recibirán los pacientes con las siguientes características patológicas que segun protocolos pueden beneficiarse del tratamiento de quimioterapia:
- Cáncer de seno.
- Cáncer de ano, colorectal, gástrico, pancreático.
- Cáncer de pulmón.
- Carcinoma escamocelular de cavidad oral, esófago, laringe: debe ser visto por la especialidad quirúrgica del área que compromete el tumor, sin embargo en algunos casos pueden ser beneficiarios de quimioterapia y radioterapia, de modo que pueden ser valorados previa remisión al servicio.
- Melanoma: La primera opción terapéutica es la cirugía, sin embargo puede ser beneficiario de tratamiento con medicamentos por lo que se debe realizar la admisión.
- Meduloblastoma y otros tumores del sistema nervioso remitidos para oncología clínica.
- Sarcomas de tejidos blandos remitidos para oncología clínica
- Tumores malignos de cuello uterino: consulta por ginecología oncológica, sin embargo en algunos casos pueden ser beneficiarios de quimioterapia y radioterapia, de modo que pueden ser valorados previa remisión al servicio.
- Tumores malignos de endometrio: consulta por ginecología oncologica algunos casos pueden ser beneficiarios de quimioterapia y radioterapia, de modo que pueden ser valorados previa remisión al servicio.
- Tumores malignos de Ovario
- Tumores malignos testiculares o de células germinales en el adulto remitidos a oncología clínica
- Tumores malignos de próstata remitidos a oncología clínica
- Tumores malignos de células renales remitidos a oncología clínica
- Tumores malignos de vejiga. remitidos a oncología clínica
- Tumores que dada su condición sean enviados para manejo por oncologia clínica.
Consulta de Hematología maligna
- Leucemias.
- Linfomas.
- Mielomas múltiples.
De manera ordinaria no se realiza admisión de pacientes con los siguientes diagnósticos dado que no se cuenta con el personal para la atención:
- Carcinoma basocelular: debe ser visto por dermatologia oncologica, en algunos casos radioterapia, solo se vera si tiene una recomendación expresa de valoración por oncologia clínica.
- Carcinoma escamocelular de piel : debe ser visto por dermatologia oncologica, en algunos casos radioterapia, solo se vera si tiene una recomendación expresa de valoración por oncologia clínica .
- Cáncer suprarrenal feocromocitoma: Tratamiento quirúrgico y por endocrinología oncologica
- Cáncer de tiroides: Tratamiento quirúrgico/ ablación con yodo, medicina nuclear suplencia hormonal por endocrinología
- Retinoblastoma: requiere oftamologia oncologica
- Tumores pediátricos: Remisión a oncología pediátrica
No requiere reporte de biopsia pacientes remitidos para hematología, ginecología oncológica u oncología oral.
Descripción del procedimiento:
- Que: Ingreso del paciente a la base de datos.
- Quien: Auxiliar operativo.
- Cuando: El paciente llama a solicitar la cita por primera vez
- Como: Informar al paciente los requerimientos organizacionales explicándole el objetivo de esta actividad como parte del adecuado direccionamiento de su atención.
1- Ingresar al sistema operativo Oncolinux usando su usuario y contraseña.
2- Seleccionar agenda y colocar en la ventana de paciente nuevo el número de documento de identidad del paciente.
3-Ingresar los datos del paciente solicitados así:
5- Ingresar por agenda y colocar el número del documento de identidad del paciente, dar buscar.
6- Seleccionar en el campo " Poner en lista de espera" la fecha en la que el paciente quiere que se le asigne la consulta tomando como referencia el 15 o el 30 de cada mes y grabar.
El proceso de asignación de la cita se realiza quincenalmente con el objetivo de dar mejor organización al mismo, tanto los pacientes que están en tratamiento como los nuevos se ingresaron a la lista de espera, con estos datos se establecen la necesidad de recurso medico para el corte en mención, se verifica y realiza seguimiento de los tratamientos formulados y se asigna la cita de acuerdo al plan de tratamiento o el requerimiento del paciente según el caso.
6- Seleccionar de lista de espera y asignar el turno y el servicio que se va a suministrar de acuerdo a la autorización, ingresar el número de la misma, el valor del procedimiento y asignar.
En el caso de pacientes que acuden a la administración de medicamentos prescritos es otra institución el paciente requiere adicionalmente la historia clínica completa, orden medica clara y las respectivas autorizaciones para el tratamiento, el proceso de ingreso inicial es similar al descrito pero adicionalmente se realiza transcripción de la historia clínica identificando el medico tratante su especialidad y de ser posible los teléfonos de contacto.
De esta manera el paciente queda admitido e inicia sus procesos dentro de la organización.
Interconsultas, Remisiones, Solicitudes.
Durante la consulta el medico puede requerir de exámenes complementarios o la intervención de otros profesionales de la salud, para tal fin realiza el procedimiento de solicitud.
Seleccione Recetar
Seleccionar Formulario de Ordenes o de medicación según el caso ver Proceso de Consulta Especializada
En caso del formulario de solicitud de servicios diligenciar el formulario y dar grabar

Se genera una Orden que según la entidad se entrega al paciente o se envía directamente a la institución o a paciente a su correo electrónico.
En la parte inferior del documento se encuentra una dirección electrónica http://oncomedic.com/oncomedic..... y un pin ... con estos datos no solo se puede acceder a la orden sino que la institución puede realizar el tramite de autorizaciones de los servicios que presta oncomedic facilitando así la accesibilidad para el paciente.
Para la formulación o solicitud de procedimientos no incluidos en el plan de beneficios en salud es necesario aclarar que los pacientes del régimen contributivo y subsidiado deben ser formulados mediante la plataforma dispuesta por el ministerio de protección social MIPRES, los pacientes de regímenes especiales se realiza el formato no PBS de uso en la organización.
Cuando se realiza el tramite en linea a la institución contratante le llega el siguiente documento:
En la parte superior del formulario encontrara una ventana de autorización en linea, puede ingresar por el e iniciar el proceso
En caso de presentarse algún incidente con el paciente para su traslado y remisión se toma en cuenta como primera opción el traslado del paciente de acuerdo a la red del contratante, sin embargo de acuerdo a cada situación la institución suministra el servicio mediante un tercero.
Egreso
En el caso del paciente oncologico el egreso tiene dos aspectos, uno asistencial y otro administrativo, el egreso asistencial a su vez puede estar dividido en referencia, contrareferencia y/o controles, Según lo expresado en los protocolos de la American Society of clinical oncology se deben en términos generales realizar luego del tratamiento examen cada 3 a 6 meses durante los primeros 3 años, cada 6 a 12 meses los siguientes 2 años y anualmente posteriormente.
El control debe ser coordinado, no duplicado por un médico con experiencia en la patología, luego del tratamiento solo se realizaran los controles el primer año dentro de la institución, posteriormente se solicita que el paciente sea valorado por la especialidad de base de acuerdo al tipo de patología que padezca, y quienes en caso de considerarlo necesario remitirán nuevamente al paciente para valoración por oncología.
Diagrama
Puntos críticos e Instrumentos de Verificación
Dentro de este servicio se pueden identificar los siguientes puntos criticos:
- Falta de pertinencia en la remisión
- Remisiones incompletas o mal direccionadas
- Fallas en el proceso de contrareferencia











