Procedimiento de Referencia y Contra referencia

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Identificación




Unidad Administrativa

Código

Manual de Proceso Atención e Información al Usuario Referencia y Contrareferencia

MPI3

Fecha de Emisión

Fecha de Actualización

Versión

10/01/2003

16-12-2010

7


Elaboró:

Edwin Alexander Montoya Meneses Gerente
Lucy Ramirez Londoño Coordinador Asistencial
Fiorella Caypa Altare Coordinador Administrativo


Revisó y Autorizó Ultima vez:Comite de Calidad  diciembre 16 2010

Introducción

La implementación del sistema de calidad en la prestación de servicios de salud, incluye adoptar el Sistema de Referencia y contrarreferencia, para lo cual es fundamental fortalecer la comunicación entre todos los componentes del sistema de atención facilitando la calidad del servicio, el desarrollo científico y la economía de los recursos disponibles, en este intercambio de información, consciente, organizado y confidencial, está la esencia para el desarrollo de la ciencia médica, y debe ser el marco en el cual realizar el debate científico,

Para tal fin es necesario unificar los criterios sobre el tipo de información a intercambiar entre todos los profesionales, así como buscar alternativas de mejoramiento continuo en este aspecto mediante la implementación de convenios de servicios claros y expeditos, sobre la base del respeto al trabajo y desempeño del otro.

Objetivos

Objetivo General.

Implementar y garantizar el sistema de Referencia y Contrarreferencia de Oncomedic ltda.

Objetivos Específicos.

Regular y mejorar la operación y eficiencia del actual Sistema de Referencia y Contrarreferencia, para la atención de eventos ambulatorios y hospitalarios  electivos y urgentes de los usuarios de Oncomedic ltda.
Optimizar la utilización de los recursos físicos, humanos, tecnológicos y financieros, destinados para la atención de los usuarios.
Prevenir eventos adversos generados por la no aplicación del manual
Favorecer el desarrollo armónico de la atención de los pacientes de acuerdo con su nivel de atención y grado de complejidad.
Direccionar la demanda de los servicios de acuerdo con la capacidad de respuesta de la Red de servicios Interna y Contratada o convenida.
Mejorar el nivel de satisfacción de los usuarios y la calidad en la prestación de los servicios de salud.
Brindar oportunamente el acceso a los servicios de salud de acuerdo a los requerimientos y recursos disponibles.


Marco Conceptual

Marco Legal


Constitución Política de la República de Colombia:  Artículo 49. Señaló la potestad el Estado para reglamentar y organizar los niveles de atención en la prestación de los servicios de salud, de conformidad con los principios de universalidad, eficiencia y solidaridad. Los artículos 334 y 365 de la carta política, establecieron la facultad del Estado para mantener la regulación, control y vigilancia del servicio de salud.

Ley 10 de 1990. Se reorganizó el Sistema Nacional de Salud (SNS), redefinió el servicio público de salud, estableciendo que la prestación de los servicios, en todos los niveles, estaba a cargo de la Nación, con carácter gratuito en sus servicios básicos para todos los habitantes del territorio nacional y administrado en asocio con las entidades territoriales, los entes descentralizados y las personas privadas autorizadas para tal efecto.

Decreto reglamentario 1760 de 1990. Por el cual se establecieron y definieron los niveles de atención, tipo de servicio y grado de complejidad definió como nivel de atención la responsabilidad del ente territorial en la organización de los servicios de salud, a través de una o varias entidades que prestan servicios; estableció que estos se organizaran de acuerdo con su complejidad en servicios, departamentos, unidades, secciones y grupos. Estos comprenden el conjunto de recurso humano, tecnológico y material, organizados para solucionar problemas de salud y apoyar o complementar dicha solución.

Decreto 1761 de 1990 . Por el cual se reglamentan los servicios de urgencias.

Decreto 2750 del 11 de Diciembre de 1991. Por el cual se organiza y establece el régimen de Referencia y Contrarreferencia.

Ley 60 de 1993. Amplió la disponibilidad de recursos tanto del situado fiscal como de las participaciones de los municipios y abrió la posibilidad, posteriormente ratificada en la ley 100 del mismo año, de otorgar subsidios a la demanda de servicios de salud. Además de otras determinaciones de competencia de los entes
territoriales, la ley específicamente señaló la competencia de los departamentos y los distritos para garantizar la operación de la red de servicios así como del sistema de Referencia y Contrarreferencia de pacientes entre todos los niveles de atención.

Ley 100 de 1993. Mediante el cual se establece el Sistema General de Seguridad Social.

Circular externa No. 014 de 1995 Expedida por la Superintendencia Nacional de Salud. La cual trata sobre la atención de urgencias.

Ley 715 de 2001 capitulo IV, articulo 54. La red de servicios se organiza por grados entre sí mediante un sistema de referencia y Contrarreferencia. Provee las normas técnicas y administrativas con el fin de prestar Servicios de Salud al usuario acorde con sus necesidades, atendiendo los requerimientos de eficiencia y oportunidad.

Marco Conceptual

El régimen de Referencia y Contrarreferencia es el conjunto de normas técnicas y administrativas que permiten prestarle al usuario de manera adecuada el servicio de atencions según el nivel de atención y grado de complejidad y con la debida oportunidad, eficacia y eficiencia. Así mismo, este régimen facilita el flujo de usuarios y elementos de ayuda diagnóstica entre los diferentes niveles de atención.

La Referencia se define como el envío de usuarios o elementos de ayuda diagnóstica por parte de las unidades prestadoras de servicios de salud, a otras instituciones de salud para atención o complementación diagnóstica, que de acuerdo con el grado de complejidad den respuesta a las necesidades de salud.


De otro lado, la Contrarreferencia está definida como la respuesta que las unidades prestadoras de servicios de salud receptoras de la Referencia dan a la unidad primaria; la respuesta puede ser la contraremisión del usuario con las indicaciones a seguir, la información sobre la atención recibida por el usuario en la institución receptora, o el resultado de las solicitudes de ayuda diagnóstica.

 Modalidad de Solicitud de Servicios.

Dentro del Sistema de Referencia y Contrarreferencia se dan las siguientes modalidades de solicitud de recursos:

Remisión:

Procedimiento por el cual un profesional de la salud transfiere la atención en salud de un usuario, a otro profesional, con la siguiente transferencia de responsabilidad sobre el cuidado del mismo.

Interconsulta:

Es la solicitud elevada por el profesional responsable de la atención del usuario a otros profesionales, para que emitan juicios y orientaciones sobre la conducta a seguir con determinados usuarios, sin que estos profesionales o instituciones asuman la responsabilidad directa de su manejo.

Orden de Servicio:

Es la solicitud de realización de actividades de apoyo diagnóstico y/o tratamiento, Para lo anterior pueden referirse: personas, elementos o muestras biológicas y productos del ambiente.


Contrarremisión o contrareferencia:

Respuesta del servicio al que se envió la referencia con las indicaciones a seguir, la información sobre la atención recibida por el usuario en la institución receptora, o el resultado de las solicitudes de ayuda diagnóstica.


En caso de presentarse algún incidente con pacientes recuerde los siguientes numeros:
Asotrauma ltda
Telefono: 2666700
Direccion: Cra 4D Nº 32- 34 Cadiz

Hospital Federico Lleras Acosta
Telefono: 2649411
Direccion: Clle 33 Nº 4A-50

Información de Red de Servicios De Instituciones Contratantes

RED DE DE INSTITUCIONES



INSTITUCION

TELEFONO

SERV HOSP

SERV URG

SERV.DE AMBULANCIA

AUTORIZACION

MEDICAMENTOS

MED NO POS

URG EN BOGOTA

SALUD TOTAL

2709751

2709767

018000114524

Clin. Tolima

Minerva

Calambeo

UBC

CRR 5TA CON 25

PROMOVER

Orden medica + HC

Formula medica­Fotoc. de cedula y carnet

HC + Formulario de med. no pos + orden medica + fotoc. ced y carnet

Hosp. San Jose

Centro Policlinico la Olaya

Clin. Del Occidente

SALUD COOP

2709500

2709800

018000120096


Cll 60 N. 6-38

Cll 60 N. 6-38

2709800 Remision

ext 2126


Formula medica

Fotoc. de cedula y carnet



EMCOSA

LUD


2617970

2620380



Clinica Accion Antigua Ibanazca

Clinica Accion Antigua Ibanazca

PROMOVER

2666814

2616296

2622924

3157815891

Formula medica

Fotoc. de cedula y carnet

Derecho de peticion

Clin. Nicolas de Federman

Clin.Fndadores

RED SALUD

2644115

2640456

2653005


Clin. Tolima

Ibanazca

Calambeo

Clin. Tolima

Ibanazca

Calambeo

PROMOVER

2644115

Juan Carlos

Cll 36 N. 4C 19

Cadiz

Cancelar Copago, Formula medica

Fotoc. de cedula y carnet

Formato NO POS

Clinica Nvarra

Fundacion Santa Fe

Clin. San Rafael y la Samaritana

PIJAOSALUD

2616200

2616275

2626201

HFLLA

USI Jodan

Servicio de Referencia y Contrareferencia

Pijao Salud de Interlaken

en los municipios tambien se puede autorizar.

Formula medica con numero y letra la dosificacion

Justificacion del medicamento no pos, formula legible

Hosp.la Misericordia

y Kenedy

Inst. Nacional de Cancerologia

HUMANAVIVIR


2770111

HFLLA

Clin. Mineva

HFLLA

Clin. Mineva

PROMOVER

2666814

HUMANAVIVIR

Crr 4D N.33-63

Formula medica

Fotoc. de cedula y carnet

HC + Formulario de med. no pos + orden medica + fotoc. ced y carnet

Hosp.

Cardiovascular

5464446

SALUDVIDA

2669694

2656020

Coordinador Md Dra Claudia Gamba

3174025194

Clin Minerva, Ibague y Calambeo

Clin Minerva, Ibague y Calambeo

PROMOVER


2666814

Salud Vida

Crr 5ta N. 41-41

Formula medica

Fotoc. de cedula y carnet

HC + Formulario de med. no pos + orden medica + fotoc. ced y carnet

018000124440

COMPARTA


2656527

2657224

3143358620

Clin. Mineva y Calambeo

Clin. Mineva y Calambeo

2625555

3187071722

Crr 4D N.32-12

Cadiz

o en cada municipio

Formula medica

Fotoc. de cedula y carnet

HC + Formulario de med. no pos + orden medica + fotoc. ced y carnet

Hosp. San Ignacio y la Samaritana

COMFENALCO


2650463

2666852


USI Jordan

HFLLA

Clin. Manuel Elkin Patarroyo

Servicio de Referencia y Contrareferencia

COMFENALCO

37 CON 5TA

en los municipios se puede hacer

Formula medica

Fotoc. de cedula y carnet

HC + Formulario de med. no pos + orden medica + fotoc. ced y carnet


NUEVA EPS


2663000

018000948811

HFLLA

Uni. Cx del Tolima

Uni. Materno Infantil

Clinica Calambeo

Clin Manuel Elkin Patarroyo


Clin Tolima

Clin Minerva

Linea de autorizacion

018000948811

Oficina de atencion al afiliado

Nivel 3 y 4

Cll 31 N. 4B-40

Cadiz

Crr 5 ta Cll 42 esquina

Crr 5ta con 13

Formula medica

Fotoc. de cedula y carnet

HC + Formulario de med. no pos + orden medica + fotoc. ced y carnet

HAY QUE ESPERAR 8

Hosp. Universitario Mayor

Hopst. San Ignacio

Hosp San Rafael