Diferencia entre revisiones de «Procedimiento de Exámenes Médicos Ocupacionales .»

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Programa del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo

Identificación

Nombre Código
Procedimiento de Exámenes Médicos Ocupacionales
SGSST1A
Fecha de Emisión Fecha de Actualización Versión
08/02/2011 2023 07 31. 4


Elaboro: Coordinador del programa de seguridad y salud en el trabajo
Reviso y Autorizo Ultima Versión: Comité de salud ocupacional

Introducción

El procedimiento de Exámenes Médicos Ocupacionales busca la observación y análisis de la frecuencia, distribución y posibles causas de los eventos de salud en la población trabajadora de la organización con el objetivo de desarrollar conjunto de actividades, intervenciones, procedimientos médicos y de salud, dirigidos a lograr el bienestar de la persona, la reducción de los riesgos en salud y el incremento de la productividad empresarial.


Política

Oncomedic se compromete a velar por la seguridad y salud de sus funcionarios mediante la implementación, ejecución y evaluación de actividades que promuevan habitos saludable, prevención de los riesgos en salud e identificación precoz de enfermedades.

Objetivos

Objetivo General

Mejorar y mantener las condiciones generales de salud y calidad de vida de los trabajadores a través de seguimiento periódico de los exámenes médicos ocupacionales, capacitaciones en factores de riesgo, sus efectos sobre la salud y la manera de corregirlos; Prevención, detección precoz y control de las enfermedades generales o comunes (EG) y las enfermedades laborales (EP), seguimiento periódico de los trabajadores para identificar y vigilar a los expuestos a factores de riesgos ocupacionales específicos.

Objetivos específicos

  1. Detectar cambios en la ocurrencia y distribución de las enfermedades.
  2. Identificar, cuantificar y monitorear las tendencias y patrones del proceso salud-enfermedad en la población trabajadora de Oncomedic ltda.
  3. Investigar y controlar las enfermedades que padece la población trabajadora.
  4. Planear los programas de salud y prevención en la población trabajadora
  5. Evaluar las medidas de prevención y control.
  6. Estimar la magnitud de los eventos que afectan la salud y  bienestar de los usuarios internos.

Alcance

El procedimiento de exámenes médicos ocupacionales incluye todas las instancias de la organización en ambas sedes, inicia desde el compromiso de la dirección en la evaluación,  priorización, manejo y prevención de los riesgos hasta la elaboración, ejecución, seguimiento y evaluación de planes de acción que buscan el mejoramiento de la salud, la calidad de vida y el ambiente laboral.

Las condiciones sobre seguridad y salud en el trabajo se aplican en todas las dependencias de la empresa y en cualquier clase de trabajo, o forma de contratación, tanto para empleados de tiempo completo, como para temporales, contratistas y subcontratistas, a través de las diferentes acciones, destinadas a promover y proteger la salud de las personas. Tales disposiciones son de carácter permanente y su cumplimiento esta a cargo del Comité Paritario en Seguridad y Salud en el Trabajo , con la colaboración y asesoría de instituciones encargadas de la vigilancia y el control, como de personas naturales y jurídicas que desarrollan actividades sobre el particular.

Marco Conceptual

Sustento Legal

Los exámenes médicos ocupacionales se encuentran respaldados y fundamentados según la legislación colombiana en:

  • Ley 1562 del 2012: En su artículo 4 se encuentra establecida la definición de enfermedad laboral. “Es la contraída como resultado de la exposición a factores de riesgo inherentes a la actividad laboral o del medio en el que el trabajador se ha visto obligado a trabajar. El Gobierno Nacional, determinará, en forma periódica, las enfermedades que se consideran como laborales y en los casos en que una enfermedad no figure en la tabla de enfermedades laborales, pero se demuestre la relación de causalidad con los factores de riesgo ocupacional serán reconocidas como enfermedad laboral, conforme lo establecido en las normas legales vigentes”.
  • Decreto 491 del 2020: “Por la cual se adoptan medidas de urgencia para garantizar la atención y la prestación de los servicios por parte de las autoridades públicas y los particulares que cumplan funciones públicas y se toman medidas para la protección laboral y de los contratistas de prestación de servicios de las entidades públicas, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica”
  • Decreto 538 de 2020: Se adoptan medidas en el sector salud, para contener y mitigar la pandemia de COVID-19 y garantizar la prestación de los servicios de salud, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica
  • Decreto 1072 de 2015: Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo
  • Resolución 1918 de 2009: Modificación de los artículos 11 y 17 de la Resolución 2346 de 2007 y se dictan otras disposiciones.
  • Resolución 1843 de 2025: Regula la práctica de evaluaciones médicas ocupacionales y se dictan otras disposiciones.

Sustento Teórico

Modalidades Preventivas En Seguridad y Salud en el Trabajo: La enfermedad ocupacional como cualquier enfermedad que compromete al ser humano es un proceso evolutivo que tiene un inicio, un desarrollo y unas etapas de culminación o finalización, es importante establecer un programa de vigilancia que permita generar las mejores opciones en la prevención y control de la enfermedad en los trabajadores de oncomedic para tal fin existen diversas alternativas:

  • Vigilancia pasiva: Cada persona suministra la información en forma rutinaria y continua sobre la ocurrencia de eventos a vigilar.
  • Vigilancia activa. Verificación en la fuente de información para realizar la búsqueda del evento sujeto a vigilar. 

Con estos datos se establecen diversos niveles de prevención:

  • Prevención  PrimordialEs aquella que se hace eliminando el factor de riesgo ocupacional.
  • Prevención  Primaria: Comprende las actividades sobre el trabajador en la fase de plena salud de este, además las aplicadas a un trabajo sano cuando no se han dado todavía las condiciones de daño al organismo y existe un equilibrio entre la salud del trabajador y su ambiente laboral, esta prevención se conoce como: periodo prepatogenico de la enfermedad laboral.
  • Prevención  Secundaria: Es la que se hace cuando apenas se ha iniciado el proceso patológico o se inician las alteraciones en el organismo del trabajador: incluye las medidas que se aplican en el proceso patogénico de la enfermedad.
  • Prevención Terciaria: Es la que se hace cuando ya la enfermedad a evolucionado hasta un estado en el cual ya hay síntomas definidos y en algunos casos con manifestaciones de enfermedad en el trabajador.
  • Prevención Cuaternaria: Es la equiparación de las oportunidades y/o rehabilitación del trabajador. Además promueve la salud del trabajador, fomenta los estilos de vida y trabajos saludables y previene, diagnostica y trata oportunamente los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales ocasionadas por los riesgos profesionales.

Terminología aplicada

  • Vigilancia: análisis, interpretación y difusión sistemática de los datos colectados, generalmente usando métodos que se distinguen por ser prácticos, uniformes y rápidos, más que
    por su exactitud o totalidad, que sirven para observar las tendencias en tiempo, lugar y persona, con lo que pueden observarse o anticiparse cambios para realizar las acciones oportunas, incluyendo la investigación y/o medidas de control.
  • Perfil epidemiológico: Es el estudio de la morbilidad, mortalidad y factores de riesgo, teniendo en cuenta las características geográficas, la población y el tiempo.
  • Notificación de casos:  proceso sistemático y continuo de comunicación de datos mediante protocolos establecidos, es la columna vertebral de los sistemas de vigilancia.
  • Accidente de Trabajo:Es el suceso repentino que sobreviene por causa o con ocasión del trabajo, y que produce en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional, una invalidez o la muerte; así como aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, aún fuera del lugar y horas de trabajo, o durante el traslado de los trabajadores desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte se suministre por el empleador. (Art. 9, capitulo II, decreto 1295/94). Los factores que causan accidentes de trabajo son técnicos, psicosociales y humanos. Algunos tipos de accidentes son: los golpes, caídas, resbalones, choques, etc.
  • Accidente Sin Incapacidad O Incidente: Es aquel que no produce lesiones o que si lo hace, son tan leves que el accidentado continúa trabajando inmediatamente después de lo ocurrido.
  • Enfermedad laboral: Es enfermedad laboral la contraída como resultado de la exposición a factores de riesgo inherentes a la actividad laboral o del medio en el que el trabajador se ha visto obligado a trabajar. El Gobierno Nacional, determinará, en forma periódica, las enfermedades que se consideran como laborales y en los casos en que una enfermedad no figure en la tabla de enfermedades laborales, pero se demuestre la relación de causalidad con los factores de riesgo ocupacionales será reconocida como enfermedad laboral, conforme lo establecido en las normas legales vigentes. (Art 4, ley 1562 del 2012)
  • Ausentismo: Según El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, es la ausencia al trabajo de la persona que lo realiza, ya sea por enfermedad o por causas variadas y diferentes (sociales, familiares, administrativas, etc). Dicho de otra forma, es la diferencia entre el tiempo contratado y el tiempo trabajado (siempre y cuando este último sea inferior al primero), lo que es igual al tiempo perdido.
  • Médico laboral (especialista en SST): Es el responsable de realizar el respectivo examen médico laboral, según sea la necesidad y emitir el correspondiente informe de condiciones de salud.
  • Anamnesis: Interrogatorio que se realiza a la persona en búsqueda de información acerca de datos generales, antecedentes, identificación de síntomas y signos, así como su evolución.
  • Evaluación médica ocupacional: Acto médico mediante el cual se interroga y examina a un trabajador, con el fin de monitorear la exposición a factores de riesgo y determinar la existencia de consecuencias en la persona por dicha exposición. Incluye anamnesis, examen paraclínicas, tales como: de laboratorio, imágenes diagnósticas, electrocardiograma, y su correlación entre ellos para emitir un diagnóstico y las recomendaciones.
  • Historia clínica ocupacionales: Conjunto único de documentos privados, obligatorios y sometidos a reserva, en donde se registran cronológicamente las condiciones de salud del trabajador, las evaluaciones médicas ocupacionales, resultados de las valoraciones complementarias y demás procedimientos ejecutados por el equipo de salud que interviene en su atención. Dicho documento únicamente puede ser conocido por tercero previa autorización del paciente o en los casos previstos por la ley.
  • Exposición a un factor de riesgo: se considera exposición a un factor de riesgo, la presencia del mismo en cualquier nivel de intensidad o dosis.
  • Órgano blanco: Órgano al cual tiene afinidad un determinado elemento o sustancia y que es susceptible de daño o afección.
  • Perfil del Cargo: Es un documento que describe las funciones, responsabilidades, habilidades, competencias y requisitos físicos, mentales y técnicos que debe cumplir una persona para desempeñar un cargo, también contempla los riesgos laborales asociados a las tareas asignadas, así como las medidas preventivas necesarias para garantizar la salud y seguridad del trabajador, este perfil es fundamental para orientar las evaluaciones médicas ocupacionales.
  • Reintegro laboral: Consiste en la actividad de reincorporación del trabajador al desempeño de una actividad laboral, con o sin modificaciones, en condiciones de competitividad, seguridad y confort, después de una incapacidad temporal o ausentismo, así como también, actividades de reubicación laboral temporal o definitiva o reconversión de mano de obra.
  • Restricciones laborales: Es una medida protectora establecida por un Médico con licencia vigente en Seguridad y Salud en el Trabajo en el marco de su competencia y autonomía profesional, que impide o condiciona al trabajador el desarrollo de ciertas actividades dentro de su entorno laboral debido a una condición médica, enfermedad o situación de discapacidad. Deben construirse teniendo en cuenta, las orientaciones de profesionales de la salud de apoyo y las pruebas complementarias, así como, las restricciones médicas y terapéuticas de los profesionales tratantes, sin que ello implique discriminación y garantizando el derecho al trabajo en condiciones dignas y seguras. En todos los casos, se deberán respetar los principios de confidencialidad, ajuste razonable, no discriminación y accesibilidad, su vigencia en el tiempo deberá ser determinada por el personal a cargo de emitirla, estas restricciones pueden ser temporales o permanentes y buscan proteger la salud del trabajador, evitando tareas que puedan agravar su condición de salud.
  • Recomendaciones médico-laborales: Es una sugerencia no restrictiva emitida por un médico especialista en seguridad y salud ocupacional, medicina del trabajo o similares con licencia vigente en Seguridad y Salud en el Trabajo, basada en una evaluación médica ocupacional y en los conceptos otorgados por los diferentes profesionales de la salud, con el objetivo de proteger la salud del trabajador y garantizar su adecuado desempeño en el entorno laboral.
  • Recomendaciones médicas y terapéuticas: Son las emitidas en el marco de la atención y rehabilitación en salud por los equipos interdisciplinarios y que se soportarán con base en el talento humano en salud y pertinente de acuerdo con sus perfiles profesionales. Las mismas se enfocan al tratamiento y recuperación de las funciones o estructuras corporales afectadas; a las actividades básicas e instrumentales de la vida diaria, manejo de la salud, descanso y sueño, educación, trabajo, ocio y participación social, así como hacia todas las dimensiones del funcionamiento humano. Su vigencia en el tiempo será determinada por el equipo interdisciplinario a cargo de emitirlas.
  • Restricciones laborales: Es una medida protectora establecida por un Médico con licencia vigente en Seguridad y Salud en el Trabajo en el marco de su competencia y autonomía profesional, que impide o condiciona al trabajador el desarrollo de ciertas actividades dentro de su entorno laboral debido a una condición médica, enfermedad o situación de discapacidad. Deben construirse teniendo en cuenta, las orientaciones de profesionales de la salud de apoyo y las pruebas complementarias, así como, las restricciones médicas y terapéuticas de los profesionales tratantes, sin que ello implique discriminación y garantizando el derecho al trabajo en condiciones dignas y seguras. En todos los casos, se deberán respetar los principios de confidencialidad, ajuste razonable, no discriminación y accesibilidad, su vigencia en el tiempo deberá ser determinada por el personal a cargo de emitirla, estas restricciones pueden ser temporales o permanentes y buscan proteger la salud del trabajador, evitando tareas que puedan agravar su condición de salud.
  • Recomendaciones médico-laborales: Es una sugerencia no restrictiva emitida por un médico especialista en seguridad y salud ocupacional, medicina del trabajo o similares con licencia vigente en Seguridad y Salud en el Trabajo, basada en una evaluación médica ocupacional y en los conceptos otorgados por los diferentes profesionales de la salud, con el objetivo de proteger la salud del trabajador y garantizar su adecuado desempeño en el entorno laboral.
  • Recomendaciones médicas y terapéuticas: Son las emitidas en el marco de la atención y rehabilitación en salud por los equipos interdisciplinarios y que se soportarán con base en el talento humano en salud y pertinente de acuerdo con sus perfiles profesionales. Las mismas se enfocan al tratamiento y recuperación de las funciones o estructuras corporales afectadas; a las actividades básicas e instrumentales de la vida diaria, manejo de la salud, descanso y sueño, educación, trabajo, ocio y participación social, así como hacia todas las dimensiones del funcionamiento humano. Su vigencia en el tiempo será determinada por el equipo interdisciplinario a cargo de emitirlas.
  • Valoraciones o pruebas complementarias: Son evaluaciones o exámenes clínicos o paraclínicos realizados para complementar un determinado estudio en la búsqueda o comprobación de un diagnóstico.

Metodología de Diseño e Implementación del Programa

Compromiso de la Dirección:

La dirección de Oncomedic se compromete a realizar acciones que permitan reducir la ocurrencia de enfermedades ocupacionales así como establecer medidas para su diagnostico precoz.

Diagnóstico y Autoevaluación Organizacional


Profesiograma Institucional

Estadisticas En Seguridad y Salud en el Trabajo'

Variable

2025 2024 2023 2022 2021 2020 2019 2018 2017 2016 2015 2014

2013

2012  2011 2010
Accidente de Trabajo 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1 0 0 0
Enfermedad Laboral 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
Enfermedad de Origen Común 0 0 0 9 10 4 10 21 13 0 0 0 0 0 1 6
Incidentes 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 2 2 4
Ausentismos 0 0 0 2 17 0 208 93 10 0 0 0 3 6 6 12

Organización del Programa

Esta bajo la responsabilidad del Comité Paritario en Seguridad y Salud en el Trabajo

Funciones del Comité Paritario en Seguridad y Salud en el Trabajo

  • Planear, organizar, dirigir, desarrollar y aplicar acciones de medicina preventiva y del trabajo y como mínimo una (1) vez al año, realizar su evaluación
  • Informar a la dirección sobre el funcionamiento y los resultados de las acciones de medicina preventiva y del trabajo
  • Promover la participación de todos los miembros de la empresa en la implementación de acciones de medicina preventiva y del trabajo
  • Programar y dar capacitación en lo referente acciones de medicina preventiva y del trabajo, estilos de vida saludable y ambientes laborales sanos a la población trabajadora en general.
  • Proponer a la Dirección, la adopción de medidas y el desarrollo de actividades que procuren y mantengan ambientes de trabajo saludables
  • Colaborar con los funcionarios de entidades gubernamentales de Seguridad y Salud en el Trabajo en las actividades que estos adelanten en la empresa o establecimientos de trabajo.
  • Coordinar las actividades de prevención de riesgos para fomentar prácticas de trabajo seguro y saludable.
  • Recopilar y analizar la información relacionada con la gestión de acciones de medicina preventiva y del trabajo
  • Coordinar los recursos disponibles para cumplir con el cronograma de actividades.
  • Dar a conocer a la población trabajadora, las normas o procedimientos de prevención en el trabajo.
  • Promover conductas y comportamiento para establecer estilos de trabajo saludables y ambientes laborales sanos.
  • Promover acciones de bienestar físico, mental y social de los funcionarios de Oncomedic ltda
  • Prevenir en los empleados los daños en la salud derivados de las condiciones de trabajo.
  • Proteger a los funcionarios de los riesgos relacionados con agentes físicos, químicos, biológicos, psicosociales, mecánicos, eléctricos y otros derivados de la organización laboral que pueden afectar la salud individual o colectiva en los lugares de trabajo


Compromisos de los Empleados

  • Procurar el cuidado integral de su salud
  • Suministrar información Clara, veraz y completa sobre su estado de salud
  • Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa
  • Informar oportunamente al empleador o contratante acerca de los peligros y riesgos latentes en su sitio de trabajo
  • Participar en las actividades de capacitación en seguridad y salud en el trabajo definido en el plan de capacitación del Programa del sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo.
  • Participar y contribuir al cumplimiento de los objetivos del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo.


Campo De Aplicación

Aplicaran en todas las dependencias de la empresa y clase de trabajo, cualquiera que sea la forma de contratación, tanto para empleados de tiempo completo, como para temporales, contratistas y subcontratistas, a través de las diferentes acciones descritas en el presente programa, destinadas a promover y proteger la salud de las personas.
Tales disposiciones son de carácter permanente y su cumplimiento esta a cargo del Comité Paritario en Seguridad y Salud en el Trabajo, con la colaboración y asesoría de instituciones encargadas de la vigilancia y el control, como de personas naturales y jurídicas que desarrollan actividades sobre el particular.

Estrategias, Acciones y Responsable

Evaluación Médica Preo-Ocupacional O De Reingreso
Se realizan para determinar las condiciones de salud física, mental y social del trabajador antes de su contratación, en función de las condiciones de trabajo a las que está expuesto, acorde con los requerimientos de la tarea y perfil del cargo.
El objetivo es determinar la aptitud del trabajador para desempeñar en forma eficiente las labores sin perjuicio de su salud o la de terceros, comparando las demandas del oficio para el cual se desea contratar con sus capacidades físicas y mentales; establecer la existencia de restricciones que ameriten alguna condición sujeta a modificación, e identificar condiciones de salud que, estando presentes en el trabajador, puedan agravarse en desarrollo del trabajo.
Es obligatorio que el concepto de aptitud laboral sea entregado a la empresa, quien verifica que el resultado sea SIN RESTRICCIONES PARA EL CARGO para continuar con el proceso de contratación. Siempre deben tenerse en cuenta las recomendaciones que el médico realice.

Evaluaciones Médicas Ocupacionales Periódicas
Las evaluaciones médicas ocupacionales periódicas pueden ser:

  • Evaluaciones médicas periódicas programadas:

Se realizan con el fin de monitorear la exposición a factores de riesgo e identificar en forma precoz, posibles alteraciones temporales, permanentes o agravadas del estado de salud del trabajador, ocasionadas por la labor o por la exposición al medio ambiente de trabajo. Así mismo, para detectar enfermedades de origen común, con el fin de establecer un manejo preventivo. Dichas evaluaciones deben se realizan de acuerdo con el tipo, magnitud y frecuencia de exposición a cada factor de riesgo, así como al estado de salud del trabajador y teniendo en cuenta la resolución 0312 de 2019 donde se especifica que se debe mantener actualizado por lo menos una vez al año las condiciones de salud de los trabajadores, la frecuencia será cada dos (2) años.
En el decreto 1072 de 2015 la sección 2, artículo 2.2.4.2.2.18. Exámenes médicos ocupacionales. “…las personas que tengan contrato formal de prestación de servicios en ejecución, tendrán un plazo de seis (6) meses para practicarse un examen pre ocupacional y allegar el certificado respectivo al contratante. El costo de los exámenes pre ocupacionales será asumido por el contratista. 
Este examen tendrá vigencia máxima de tres (3) años y será válido para todos los contratos que suscriba el contratista, siempre y cuando se haya valorado el factor de riesgo más alto al cual estará expuesto en todos los contratos. En el caso de perder su condición de contratista por un periodo superior a seis (6) meses continuos, deberá realizarse nuevamente el examen." En una renovación de contrato se les puede solicitar los exámenes médicos ocupacionales a los médicos especialistas.

  • Evaluaciones médicas por cambio de ocupación:

Se programan evaluaciones médicas a los trabajadores que cambien de ocupación o medio ambiente laboral, de funciones, de tareas o exposición a nuevos o mayores factores de riesgos, en los que detecte un incremento en su magnitud, intensidad o frecuencia. Su objetivo es garantizar que el trabajador se mantenga en condiciones de salud física, mental y social acorde con los requerimientos de las nuevas tareas y sin que las nuevas condiciones de exposición afecten su salud.

  • Evaluaciones Médicas Ocupacionales de Egreso.

Se realizan al trabajador cuando se termina la relación laboral. Para las evaluaciones médicas de retiro, se entregará a la persona la orden para los exámenes de retiro, dejando constancia del recibido en la hoja de vida. Es obligación de la persona que se retira de la empresa realizarse éste examen dentro de los cinco días a partir de su retiro. Y es responsabilidad del trabajador si elude, dificulta o dilata el examen una vez transcurrido este tiempo, de acuerdo con el numeral 7 del artículo 57 del CST
Su objetivo es valorar y registrar las condiciones de salud en las que el trabajador se retira de las tareas o funciones asignadas. Se informa al trabajador sobre el trámite para la realización de la evaluación médica ocupacional de egreso.
Si en la evaluación médica ocupacional de egreso se encuentra una presunta enfermedad profesional o secuelas de eventos profesionales no diagnosticados, ocurridos durante el tiempo en que la persona trabajó, el Coordinador del Seguridad y Salud en el Trabajo elabora y presenta el correspondiente reporte a las entidades administradoras para que inicien la determinación de origen.
Reserva de la historia clínica ocupacional.
La historia clínica ocupacional y en general, los documentos, exámenes o valoraciones clínicas o paraclínicas que allí reposen son estrictamente confidenciales y hacen parte de la reserva profesional; por lo tanto, no podrán comunicarse o darse a conocer, salvo los siguientes casos:
1)  Por orden de una autoridad judicial.
2)  Mediante autorización escrita del trabajador interesado, cuando éste la requiera con fines estrictamente médicos.
3)  Por solicitud del médico o prestador de servicios en salud ocupacional, durante la realización de cualquier tipo de evaluación médica, previo consentimiento del trabajador, para seguimiento y análisis de la historia clínica ocupacional.
4) Por la entidad o persona competente para determinar el origen o calificar la pérdida de la capacidad laboral, previo consentimiento del trabajador.
Diagnóstico De Las Condiciones De Salud
El médico especialista en Medicina del trabajo o Salud Ocupacional (SST) con licencia vigente en Salud Ocupacional (SST) contratado por la empresa para realizar las evaluaciones médicas ocupacionales debe entregar al responsable del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo un diagnóstico general de las condiciones salud de los trabajadores que valore, el cual se utiliza para el cumplimiento de las actividades de gestión en medicina preventiva y del trabajo.

El diagnóstico de salud debe comprender como mínimo, lo siguiente:
1)  Información sociodemográfica de la población trabajadora (sexo, grupos etéreos, composición familiar, estrato socioeconómico).
2)  Información de antecedentes de exposición laboral a diferentes factores de riesgos ocupacionales.
3)  Información de exposición laboral actual, según la manifestación de los trabajadores y los resultados objetivos analizados durante la evaluación médica. Tal información debe estar diferenciada según áreas u oficios.
4)  Sintomatología reportada por los trabajadores.
5)  Resultados generales de las pruebas clínicas o paraclínicas complementarias a los exámenes físicos realizados.
6)  Diagnósticos encontrados en la población trabajadora.
7)  Análisis y conclusiones de la evaluación.
8)  Recomendaciones.
El diagnóstico no puede contener datos personales ni individualizados de cada uno de los trabajadores.
Conservación y custodia
La IPS contratada para realizar la evaluación médica; tendrá la guarda y custodia de las evaluaciones médico ocupacionales y de la historia clínica ocupacional, estas son conservadas por un período mínimo de veinte (20) años, contados a partir del momento en que cese la relación laboral del trabajador con la empresa

Personal responsable de realizar las evaluaciones médicas ocupacionales
Las evaluaciones médicas ocupacionales deben ser realizadas por médicos especialistas en Medicina del Trabajo o Seguridad y Salud en el Trabajo (Salud Ocupacional), con licencia vigente en Seguridad y Salud en el Trabajo (Salud Ocupacional). Se debe garantizar que las unidades médicas y/o Instituciones Prestadoras de Servicios, que practican los exámenes médicos ocupacionales (ingreso, periódicos, post incapacidad, egreso, reubicaciones laborales) cuenten con la licencia en Seguridad y Salud en el Trabajo (Salud Ocupacional), al igual que los profesionales que practiquen los exámenes médicos ocupacionales.


  • Prevención de Enfermedades Infecto-contagiosas: El personal de oncomedic ltda puede tener grados variables de riesgo para contraer enfermedades debido a la exposición a agentes infeccioso, el personal del servicio farmacéutico tiene poco contacto con los usuarios y con ello menos riesgo de contraer enfermedades infecciosas relacionadas con su trabajo, sin embargo es fundamental que no sufran enfermedades de este tipo o que se realice una adecuado manejo de estas condiciones debido a las exigencias de su trabajo, el personal administrativo presenta el riesgo variable pero bajo, algunos funcionarios están en contacto con los pacientes y otros no, el riesgo mas alto de contraer eenfermedades infecto contagiosas lo presentan los funcionarios del área asistencial, principalmente debido al contacto con el paciente y sus fluidos.
    La disminución del riesgo de adquirir enfermedades infecto-contagiosas se basa en tres pilares:
  1. Limpieza y bioseguridad
  2. Uso de equipo de protección personal
  3. Inmunización:

    a- Triple viral: Previene contra sarampión - rubéola - parotiditis
    -Forma de transmisión: gotas de secreciones respiratorias, el contagio de estas infecciones ocurre desde 48 horas antes que aparezcan las primeras manifestaciones clínicas.
    Se consideran inmunes:
    *Adultos que hayan recibido por lo menos 2 dosis de vacuna triple; viral o 1 dosis de vacuna triple viral + 1 dosis de vacuna doble viral.
    * Adultos que tengan inmunidad documentada por serología.
    * Adultos mayores de 45 años.
    <u>Recomendaciones: Según el anexo técnico de vacunación para profesionales de salud 2010 no se recomienda realizar determinación de anticuerpos de forma masiva, de tal manera que se indaga sobre la vacunación pues hay jornadas de vacunación en niños.

    b- Vacuna antivaricela: Previene contra Varicela-Herpes Zoster
    Forma de transmisión: Contacto directo
    Se consideran inmunes:
    *El personal que recibió dos dosis de vacuna
    *Tiene el antecedente de haber padecido la enfermedad.
    *Adultos que tengan inmunidad documentada por serología.
    Recomendaciones: Según el anexo técnico de vacunación para profesionales de salud 2010 no se recomienda realizar determinación de anticuerpos de forma masiva, de tal manera que se indaga sobre la vacunación pues hay jornadas de vacunación en niños.
    Indicación de la vacuna:
    *Están indicadas dos dosis de vacuna con un mes de intervalo en el personal susceptible.
    *En caso de duda respecto a haber padecido la enfermedad y no exista posibilidad de realizar la serología, se debe indicar la vacuna.
    *La vacuna está contraindicada en embarazadas y personal inmuno suprimido

    c- Vacuna antihepatitis B: Previene contra Hepatitis B
    Forma de transmisión: El virus de la hepatitis B transmitidos por sangre y fluidos contaminados y constituye la infección  de mayor riesgo para los profesionales expuestos no solo por su potencial patológico sino porque los pacientes pueden estar infectados sin que sea evidente, adicionalmente el virus es relativamente estable en el medio ambiente (puede sobrevivir hasta una semana fuera del organismo). Para el control de infecciones cruzadas es fundamental las medidas apropiadas de bioseguridad y uso de equipo de protección personal así como la inmunización.
    Se consideran inmunes:
    *Persona con prueba serológica de anti-HB´s mayor de 10mIU/mL. Con estos resultados, no es necesario aplicar más dosis de rutina o realizar nuevas pruebas.
    *En caso de un funcionario con  prueba serológica de anti-HBs negativa 1-2  meses después de aplicada la última dosis de la serie de la vacuna, deberá repetirse la serie completa de 3 dosis y de nuevo repetir la prueba para anti-HBs 1-2 meses después de aplicada la última dosis de la vacuna. Si el PS es aún negativo después de la segunda serie de la vacuna, debe ser considerado como “No- reactivo” a la vacuna de hepatitis B.
    Indicación de la vacuna: La vacuna que es eficaz del 95-99% con tres dosis, que deben ser aplicadas con un esquema de dos dosis separadas por un mes y un refuerzo al sexto (0-1-6 meses). Uno o dos meses después de finalizada la vacunación el personal de salud debe realizarse el control a través de la cuantificación de anticuerpos antiHBs para evaluar la respuesta considerándose protectores 10 mUI/ml o más no es necesario revacunar ni realizar nuevas serologías. Para identificar susceptibles los Ac HBs deben cuantificarse en tres momentos: 1. Al ingreso del personal de salud a un cargo donde exista la posibilidad de exposición a patógenos sanguíneos, si no se cuenta con un certificado cuantitativo de Ac HBs. 2. Después de un accidente de trabajo con riesgo biológico (ATB) si antes de éste no se contaba con un certificado cuantitativo de Ac HBs. 3. Dos meses después de terminar el esquema de vacunación contra VHB Recomendaciones: Es obligatoria para el personal asistencial

    d- Vacuna antihepatitis A: Previene contra Hepatitis A Forma de transmisión:oral fecal Se consideran inmunes:
    *El personal que recibió vacuna
    *Tiene el antecedente de haber padecido la enfermedad.
    *Adultos que tengan inmunidad documentada por serología.
    Recomendaciones: No se requiere verificar la seroprotección después de haber aplicado el esquema completo de vacunación. Eficacia: Se inducen anticuerpos específicos entre 80% y 90% de los vacunados al día 15 después de la vacunación, y al mes, de 95% a 99% de los vacunados. La segunda dosis se recomienda para lograr inmunidad de larga duración, de alrededor de 20 años. Generalmente, la vacuna contra la hepatitis A ha demostrado eficacia de 90% a 99% de los vacunados. En el personal de oncomedic dadas las características de la prestación del servicio no es obligatorio pero si recomendable.

    e- Vacuna antitetanica: Previene contra Tetano Forma de transmisión: Las esporas tetánicas, que están diseminadas en la tierra, polvo o heces, se introducen en el cuerpo a través de heridas, lesiones leves, inyecciones con agujas contaminadas, mordeduras de animales u otras causas. Se consideran inmunes:
    *Paciente vacunado hace menos de 10 años Recomendaciones: La vacuna esta disponible como DTP (difteria – tétanos - tos ferina) que se aplica 3 dosis 2, 4 y 6 meses, con refuerzo a los 18 meses y 5 años, Toxoide tetánico se recomienda una cada diez años después de la finalización de la serie inicial de tres vacunas, durante el embarazo o en caso de presentarse algun accidente que coloque en riesgo al funcionario
    Informe de Vacunación de Empleados
  • Actividades de Bienestar Social: La empresa crea espacios de esparcimiento y bienestar pues tiene un amplio compromiso con sus empleados y procura crear ambientes de trabajo agradables entre otra 
  1. Afiliación a la caja de compensación familiar (comfenalco)
  2. Fondo de pensiones (Santander, protección, colfondos, horizontes, ISS, porvenir)
  3. Empresa promotora de salud (comeva, saludcoop, salud total, solsalud, ISS, colsanitas, colmedica, humana vivir)
  4. Administradora de riesgos profesionales (Suratep)
  5. Convenios con el SENA
  6. De igual forma se realizan préstamos a través de libranzas con entidades financieras.
  7. Actividades de integración y capacitaciones en diversas áreas
  8. Actividades dirigidas a fomentar estilos de vida y de trabajo saludables

Resultado Esperado, Indicadores y Metas

El subprograma de medicina preventiva ymedicina del trabajo pretende lograr una adecuada calidad de vida de los usuarios internos, reducir el riesgo de sufrir accidentes y enfermedades profesionales, mediante actividades preventivas, los indicadores que se toman dentro de la organización son sencillos y pretenden dar una información general y accesible, el comite paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo presentara informe anual de las actividades realizadas a través medios escritos, electrónicos, verbales o los que sean considerados por los responsables y debe quedar documentada.

  • Definición del indicador: Actividades programadas frente a actividades realizada
  1. Interpretación del indicador: Porcentaje de cumplimiento de las actividades programadas durante el año
  2. Límite para el indicador: 90%
  3. Método de cálculo: Numero de actividades de Seguridad y salud en el trabajo realizadas X 100
                                 Numero de actividades de Seguridad y salud en el trabajo realizadas
  4. Fuente de la información para el cálculo: Cronograma de actividades, evidencias de realización de las actividades
  5. Periodicidad del reporte: Anual
  6. Personas que deben conocer el resultado: Toda la organización
  • Definición del indicador: Indicadores de evaluación y control.
  1. Interpretación del indicador: Grado de cumplimiento del programa de seguridad y salud en el trabajo
  2. Límite para el indicador o valora partir del cual se considera que cumple o no con el resultado esperado
  3. Método de cálculo
  4. Fuente de la información para el cálculo
  5. Periodicidad del reporte
  6. Personas que deben conocer el resultado.

Tiempo de Ejecución y Fecha de Revisión del Programa.

El Programa de Medicina Preventiva y del Trabajo esta incluido dentro del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo de la organización es un programa permanente con planeación y evaluación continua mediante las actividades del Comité Paritario en Seguridad y Salud en el Trabajo de la organización

Recursos

El desarrollo y funcionamiento de los procedimientos esta incluido presupuestal y logisticamente dentro del Programa Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo

  • Recursos Humanos: La persona encargada de liderar el programa es el Comité Paritario en Seguridad y Salud en el Trabajo  con el apoyo de la  ARL.
  • Equipos y Elementos: Se cuenta con ayudas audiovisuales, material escrito, afiches y carteleras y software para la divulgación de campañas y programas de promoción y prevención.
  • Recursos Físicos: Se cuenta con salón de reuniones y tablero para exposición.
  • Recursos Financieros: Anualmente la gerencia y el área administrativa destina recursos para el desarrollo del programa del sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo
  • Presupuesto Programa Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo: El Programa Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajol, cuenta con un rubro presupuestal destinado a cubrir actividades como: exámenes de ingreso, egreso, control, jornadas de salud, Brigadas para atención de emergencias, dotación de elementos de protección personal, entre otras. Igualmente, recibe apoyo por parte de la A.R.P. en lo relativo a asesoría, elaboración de estudios diagnósticos, panoramas, programas de vigilancia epidemiológica y capacitación en procedimientos seguros, promoción y prevención.

Presupuesto del Programa Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo

Componentes Adicionales