Diferencia entre revisiones de «Procedimiento de Referencia y Contra referencia»

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16-12-2010
2024-03-27
 
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<u>'''Revisó y Autorizo Ultima Versión:&nbsp;'''</u>Comité de Calidad &nbsp;  
<u>'''Revisó y Autorizo Ultima Versión:&nbsp;'''</u>Comité de Calidad &nbsp;
 
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<pre>En revisión</pre>


= Introducción  =
= Introducción  =


Dada la complejidad y la exigencia de múltiples intervenciones en el manejo del paciente con patologías malignas, y los lineamientos gubernamentales en torno a la elaboración de rutas integrales de atención se hace necesario articular el que hacer de la organización con el de las demás entidades que se encargan de la atención de los usuarios mediante un [[Modelo de Atención En Salud|Modelo de atención]], articulado con lineamientos internos que tome en cuenta los eventos relacionados con la prestación del servicio desde la admisión asta el egreso; el presente manual busca describir dichos procesos de forma articulada de modo que permita fortalecer la comunicación entre las componentes diversas partes involucradas facilitando la oportunidad, seguridad y calidad del servicio, el desarrollo científico y el apropiado uso de los recursos disponibles, en este intercambio de información, consciente, organizado y confidencial.
Dada la complejidad y la exigencia de múltiples intervenciones en el manejo del paciente y los lineamientos gubernamentales en torno a la elaboración de rutas de atención, se hace necesario articular el quehacer de la organización con el de las demás entidades que se encargan de la atención de los usuarios mediante un [[Modelo de Atención En Salud|Modelo de atención]], que tome en cuenta los procedimientos  internos para prestación del servicio desde la admisión hasta el egreso. El presente manual busca describir dichos procedimientos y actividades de forma articulada de modo que permita fortalecer la comunicación entre las diversas partes involucradas facilitando la oportunidad, seguridad y calidad del servicio, el desarrollo científico y el apropiado uso de los recursos disponibles, generando un intercambio de información organizado y confidencial.


= Objetivo  =
= Objetivo  =
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El procedimiento inicia con el envío del paciente a nuestra institución mediante una orden medica y termina con la contra-referencia del paciente para ser atendido en otro nivel de complejidad u otros servicios según los requerimientos del mismo.
El procedimiento inicia con el envío del paciente a nuestra institución mediante una orden medica y termina con la contra-referencia del paciente para ser atendido en otro nivel de complejidad u otros servicios según los requerimientos del mismo.


= Descripción  =
= Marco conceptual=


=== Admisión  ===
==Marco Legal==


Para la admisión del paciente a los servicios de la organización es indispensable:
*DECRETO 2759 DE 1991 Por el cual se organiza y establece el sistema de referencia y contra referencia. Establece las normas técnicas y administrativas que se requieren para la adecuadamente prestación del servicio de salud, según el nivel de atención y grado de complejidad con la debida oportunidad y eficacia.


*Orden medica solicitando el servicio de oncología clínica, hematología, ginecología oncologica u oncología oral.  
*Resolución 5261 de agosto de 1994. “Por la cual se establece el Manual de Actividades, Intervenciones y Procedimientos del Plan Obligatorio de Salud en el Sistema General de Seguridad Social en Salud”.
*Autorización de la EAPBS a nombre de oncomedic ltda
*Reporte de la histopatología en el que se cuente con diagnostico de patología oncológica, dado que dentro de la organización solo se prestan servicios de oncología clínica, hematología de mediana complejidad, ginecología oncológica y oncología oral solo se recibirán los pacientes con las siguientes características patológicas:


<br>
*Resolución número 3047 de 2008: por medio de la cual se definen los formatos, mecanismos de envío, procedimientos y términos a ser implementados en las relaciones entre prestadores de servicios de salud y entidades responsables del pago de servicios de salud, definidos en el decreto 4747 de 2007.


#'''Cáncer de seno.'''
*La Resolución 2626 de 2019 adopta el Modelo de Acción Integral Territorial – MAITE, modifica la Política de Atención Integral en Salud — PAIS, y busca la trasformación operativa de la organización y prestación de los servicios de salud en Colombia.
#'''Cáncer de ano, colorectal,&nbsp;gástrico,'''''&nbsp;'''''pancreático.'''
#'''Leucemias, linfomas, mielomas múltiples, sindromes mielodisplasicos.'''
#'''Cáncer de pulmón.'''
#'''Carcinoma escamocelular de cavidad oral, esófago, laringe: '''debe ser visto por la especialidad quirúrgica del área que compromete el tumor, sin embargo en algunos casos pueden ser beneficiarios de quimioterapia y radioterapia, de modo que pueden ser valorados previa remisión al servicio.
#'''Melanoma: '''La primera opción terapéutica es la cirugía, sin embargo puede ser beneficiario de tratamiento con medicamentos por lo que se debe realizar la admisión.
#'''Meduloblastoma y otros tumores del sistema nervioso remitidos para oncología clínica'''
#'''Sarcomas de tejidos blandos remitidos para oncología clínica'''
#'''Tumores malignos de cuello uterino&nbsp;consulta por ginecología oncologica'''.
#'''Tumores malignos de endometrio consulta por ginecología oncologica'''
#'''Tumores malignos de Ovario'''
#'''Tumores malignos testiculares o de células germinales en el adulto'''
#'''Tumores malignos de próstata remitidos a oncología clínica&nbsp;'''
#'''Tumores malignos de células renales remitidos a oncología clínica'''
#'''Tumores malignos de vejiga.&nbsp;'''
#'''Tumores que dada su condición sean enviados para manejo por oncologia clínica.'''


<br>
*LEY 1618 DE 2013: "Por la cual la cual se establecen las disposiciones para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad"


De manera ordinaria no se realiza admisión de pacientes con los siguientes diagnósticos dado que no se cuenta con el personal para la atención:<br>  
*RESOLUCIÓN 1552 DE 2013: "Reglamenta parcialmente lo establecido en la Ley Antitrámites relacionado con la asignación de citas."
*Resolución 3100 de 2019 “Por la cual se definen los procedimientos y condiciones de inscripción de los prestadores de servicios de salud y de habilitación de los servicios de salud y se adopta el Manual de Inscripción de Prestadores y Habilitación de Servicios de Salud.”<br>


#'''Carcinoma basocelular:'''&nbsp;debe ser visto por dermatologia oncologica, en algunos casos radioterapia, solo se vera si tiene una recomendación expresa de valoración por oncologia clínica.
== Marco Referencial==
#'''Carcinoma escamocelular de piel&nbsp;:'''&nbsp;debe ser visto por dermatologia oncologica, en algunos casos radioterapia, solo se vera si tiene una recomendación expresa de valoración por oncologia clínica .
#'''Cáncer suprarrenal feocromocitoma: '''Tratamiento quirúrgico y por endocrinología oncologica
#'''Cáncer de tiroides: '''Tratamiento quirúrgico/ ablación con yodo, medicina nuclear suplencia hormonal por endocrinología
#'''Retinoblastoma: '''requiere oftamologia oncologica
#'''Tumores pediátricos: '''Remisión a oncología pediátrica


No requiere reporte de biopsia pacientes remitidos para hematología, ginecología oncológica u oncología oral.
'''-Referencia y contrarreferencia:''' incluye el Conjunto de Normas Técnicas y Administrativas que permiten prestar adecuadamente el servicio de salud, según el nivel de atención y grado de complejidad de las instituciones de salud con la debida oportunidad y eficacia acceso universal de la población al nivel de tecnología que se requiera y propender por una racional utilización de los recursos
<br>  
institucionales..<br>


Descripción del procedimiento:
'''-Referencia:''' Envío de usuarios, muestra biológicas,  o información de ayuda diagnóstica y terapéuticas entre  las partes involucradas en la prestación del servicios de salud, de acuerdo con el grado de complejidad que permite dar respuesta a las necesidades de salud.<br> 


*'''Que:''' Ingreso del paciente a la base de datos.
'''-Contrarreferencia:''', Respuesta de los prestadores de salud receptoras de la referencia, a quien hace la referencia que puede ser la contrarremisión del usuario con las debidas indicaciones a seguir o la información sobre la atención recibida por el usuario en la institución receptora, o el resultado de las solicitudes de ayuda diagnóstica. <br>
*'''Quien''': Auxiliar operativo.
*'''Cuando:''' El paciente llama a solicitar la cita por primera vez
*'''Como:''' Informar al paciente los requerimientos organizacionales explicándole el objetivo de esta actividad como parte del adecuado direccionamiento de su atención.


1- Ingresar al sistema operativo Oncolinux usando su usuario y contraseña.  
'''MODALIDADES DE SOLICITUD DE SERVICIOS.''' <br>


<br> [[Image:Pantallazo de ingreso.png]]
'''1.- Remisión:''' Procedimiento por el cual se transfiere la atención en salud de un usuario, a otro profesional o institución, con la consiguiente transferencia de responsabilidad sobre el cuidado del mismo. <br> '''2.- Interconsulta.''' En la solicitud elevada por el profesional o institución de salud, responsable de la atención del usuario a otros profesionales o instituciones de salud para que emitan juicios y orientaciones sobre la conducta a seguir con determinados usuarios, sin que estos profesionales o instituciones asuman la responsabilidad directa de su manejo. <br> '''3.- Orden de servicio:''' En la solicitud de realización de actividades de apoyo diagnóstico y/o tratamiento entre una institución y otra. Para lo anterior pueden referirse: Personas, elementos o muestras biológicas y productos del ambiente.<br> '''4.- Apoyo tecnológico:''' Es el requerimiento temporal de recursos humanos, de dotación o insumos, de un organismo a otro, para contribuir a la eficiencia y eficacia en la prestación de servicios, de conformidad con el principio de subsidiariedad, evitando así el desplazamiento de usuarios. [https://docs.google.com/spreadsheets/d/11tmn-vTwtcfRY_2xtBODVGTA7rF4Aq3JwFF9mOB98Mw/edit#gid=1349817171 Directorio]


2- Seleccionar agenda y colocar en la ventana de paciente nuevo el número de documento de identidad del paciente.
= Descripción  =


[[Image:Datos Paciente 1.png]]


3-Ingresar los datos del paciente solicitados así:
Operacionalmente el sistema de referencia y contrareferencia comprende: <br>'''*Área de influencia''': [http://oncomedic.com/wiki2/index.php/P%C3%A1gina_Principal Datos generales de la empresa]<br>'''*Capacidad resolutiva y nivele de atención:''' Oncomedic es un prestador de salud ambulatorio con servicios de oncología clínica, hematología, ginecología oncologica, otras consultas de especialidad, servicio farmacéutico, y aplicación de medicamentos.<br>'''*Mecanismos de transferencia de pacientes:'''<br><br>Todos los pacientes de Oncomedic llegan por medio de una referencia, interconsulta u orden de servicios de diferentes instituciones o profesionales para la atención especializada que brinda la organización según lo descrito en el [[Modelo_de_Atenci%C3%B3n_En_Salud|Modelo de atención en salud]] y [[Protocolo_de_Atenci%C3%B3n_de_Pacientes_con_Discapacidad#Marco_Legal|Protocolo de Atención de Pacientes con Discapacidad]],  La institución ofrece el servicio de oncología clínica, consulta de hematología, consulta de ginecología oncológica, consulta de oncología oral y sala de quimioterapia para aplicación de medicamentos.


[[Image:Datos Paciente 2.png]]


5- Ingresar por agenda y colocar el número del documento de identidad del paciente, dar buscar.


[[Image:Agenda.png]]  
Para la referencia de pacientes se requieren los siguientes soportes:<br>1- Formato de solicitud de servicios de establecido establecida en la resolución 3047 DE 2008 generado por el prescriptor del servicio.[[Archivo:Solicitud.jpg|miniaturadeimagen]]<br><br><br><br><br><br><br><br><br><br><br><br>
<br>2- Autorización de servicios generada por la entidades responsables del pago a nombre de Oncomedic ltda establecida en la resolución 3047 DE 2008. [[Archivo:Autorizacion.jpg|miniaturadeimagen]]
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3. Reporte de Patología (obligatorio para usuarios que solicitan cita por primera vez oncología).


6- Seleccionar en el campo " Poner en lista de espera" la fecha en la que el paciente quiere que se le asigne la consulta tomando como referencia el 15 o el 30 de cada mes y grabar.
4. Epicrisis y Formula médica (obligatorio para usuarios formulados extra institucionalmente y que acuden para la aplicación de medicamentos)


5. Datos de contacto.


El proceso de asignación de la cita se realiza quincenalmente con el objetivo de dar mejor organización al mismo, tanto los pacientes que están en tratamiento como los nuevos se ingresaron a la lista de espera, con estos datos se establecen la necesidad de recurso medico para el corte en mención, se verifica y realiza seguimiento de los tratamientos formulados y se asigna la cita de acuerdo al plan de tratamiento o el requerimiento del paciente según el caso.
Oncomedic ltda presta sus servicios de acuerdo al '''[[Modelo_de_Atenci%C3%B3n_En_Salud|Modelo de Atención en Salud de Oncomedic ltda]]'''


6- Seleccionar de lista de espera y asignar el turno y el servicio que se va a suministrar de acuerdo a la autorización, ingresar el número de la misma, el valor del procedimiento y asignar. [[Image:Asignacion de citas.png]]
* '''Recepción de solicitud de atención y autorización física'''  cra 4b No. 31-44 barrio Cádiz- Ibagué- Horario de atención lunes a viernes de 8:00am a 12:00am y de 2:00pm a 5:00pm  o vía Internet  al correo electrónico recepcióndatos@oncomedic.com.


Quien: La persona responsable de esta recepción y dar respuesta a la solicitud es el auxiliar administrativo de la IPS oncomedic Ltda.


En el caso de pacientes que acuden a la administración de medicamentos prescritos es otra institución el paciente requiere adicionalmente la historia clínica completa, orden medica clara y las respectivas autorizaciones para el tratamiento, el proceso de ingreso inicial es similar al descrito pero adicionalmente se realiza transcripción de la historia clínica identificando el medico tratante su especialidad y de ser posible los teléfonos de contacto.
* '''Asignación de cita para consulta especializada o para aplicación de medicamentos''' de acuerdo al [[Procedimiento_de_asignacion_de_citas|Procedimiento Asignación de Citas]]
* '''Prestación del servicio requerido:''' Se procede atender el paciente de acuerdo a lo estipulado en el [[Proceso_de_consulta_especializada|Manual de Procesos Asistenciales de Consulta Especializada]], [[Procesos_de_Soporte_Asistencial_y_Aplicación_de_Medicamentos|Manual de Procesos Asistenciales de Soporte, Enfermería y Administración de Medicamentos]]


<br>
Durante la consulta el médico especialista tratante diligencia y entrega los siguientes documentos:


De esta manera el paciente queda admitido e inicia sus procesos dentro de la organización.
Epicrisis donde describe el servicio que presto[[Archivo:Epicrisis.jpg|miniaturadeimagen]]<br>
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=== Interconsultas, Remisiones, Solicitudes.  ===


Durante la consulta el medico puede requerir de exámenes complementarios o la intervención de otros profesionales de la salud, para tal fin realiza el procedimiento de solicitud.  
Ordenes de servicios/Formula medica[[Archivo:Orden servicios.jpg|miniaturadeimagen]]
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[https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/DE/OT/Modulo-prescripcion-v5.2.pdf Solicitud para servicios y/o medicamentos no cubiertos  por el plan de beneficios en la plataforma mipres][[Archivo:Formula mipres.png|miniaturadeimagen]] <br>
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Acta de junta para medicamentos UNIRS[[Archivo:Junta.png|miniaturadeimagen]] <br>
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[[Image:Ordenes.png]]
El auxiliar Operativo es personal encargado de gestión de autorizaciones realiza el procedimiento de radicación ante la ERP y entrega por medio del correo electrónico o en forma física la evidencia de la atención al usuario.


Seleccione Recetar
Las entidades responsables del pago deben dar respuesta a la solicitud de autorización de servicios dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes en el Formato Único de Autorización.


[[Image:Consulta 2.png]]
'''Nota:'''
Las entidades responsables del pago no podrán trasladar al usuario la responsabilidad de ampliación de información clínica o documentos adicionales para el trámite de autorización; en el caso de ser necesario  la entidad responsable del pago se comunicará con el Oncomedic, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes y Oncomedic  dará respuesta máximo dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al recibo de la solicitud de información adicional.  


Seleccionar Formulario de Ordenes o de medicación según el caso ver [[Proceso de consulta especializada|Proceso de Consulta Especializada]]
En ningún caso, las entidades responsables del pago podrán exigir que el usuario o su acudiente se desplace físicamente hasta sus instalaciones para entregar la solicitud de autorización.


En caso del formulario de solicitud de servicios diligenciar el formulario y dar grabar
COTIZACIONES. En ningún caso se podrá trasladar al paciente o a su acudiente el trámite de cotizaciones o documento que haga sus veces, para obtener la autorización de servicios por parte de la entidad responsable del pago; la gestión de la misma, en caso de requerirse, será realizada directamente entre la entidad responsable de pago y el prestador de servicios de salud, sin afectar los términos establecidos para el trámite de respuestas de autorización definidos en la presente resolución.


[[Image:Formulario Solicitud.png]]<br> <br> Se genera una Orden que según la entidad se entrega al paciente o se envía directamente a la institución o a paciente a su correo electrónico.
Para solicitud de aplicación de quimioterapia se tiene disponibilidad de:


[[Image:Orden.png]]
* '''Línea telefónica:''' 6085165948.
* '''Correo electrónico:''' quimioterapia@oncomedic.com.
* '''Dirección:''' cra 4d No. 33-63 barrio cadiz.


En la parte inferior del documento se encuentra una dirección electrónica http://oncomedic.com/oncomedic..... y un pin ... con estos datos no solo se puede acceder a la orden sino que la institución puede realizar el tramite de autorizaciones de los servicios que presta oncomedic facilitando así la accesibilidad para el paciente.
Teniendo en cuanta el nivel de complejidad de los pacientes que se atienden en oncomedic Ltda durante la consulta y aplicación de medicamentos, en caso de presentarse una situación de emergencia, se procede a implementar los pasos estipulados [[Programa de Seguridad del Paciente|Programa de Seguridad del Paciente]],  [[Manejo_de_la_Toxicidad_Asociada_a_Medicamentos|Manual Manejo de la Toxicidad Asociada a Medicamentos]]


Para la formulación o solicitud de procedimientos no incluidos en el plan obligatorio de salud es necesario aclarar que los pacientes del régimen contributivo deben ser formulados mediante la plataforma dispuesta por el ministerio de protección social MIPRES, los pacientes del régimen subsidiado y regímenes especiales se realiza el formato no pos de uso en la organización.  
Si el paciente requiere atención de urgencia, la auxiliar de enfermería debe informar inmediatamente al coordinador médico y al servicio contratado de '''AMBULANCIAS PROMOVER Teléfono: 60 8 2739402 Extensión:123- Celular: 3153198987 Correos: coordinacionambulancias@promoversas.com. coradioperacionambulancias@promoversas.com.co''' quienes trasladan al paciente al centro de urgencia más cercano para la respectiva atención.


Cuando se realiza el tramite en linea a la institución contratante le llega el siguiente documento:
Los pacientes que requieren atención de inmediato, se trasladan al centro asistencial más cercano como urgencia de Asotrauma o Federico Lleras Acosta, y si el paciente se encuentra estable, pero requiere atención prioritaria se traslada al servicio de urgencia de su ERP.


[[Image:Autorizacion1.png]]
Para realizar el traslado del paciente al servicio de urgencias el jefe del servicio de quimioterapia (sala de aplicación) y/o el especialista (servicio de consulta especializada) debe garantizar las siguientes acciones para el traslado:


En la parte superior del formulario encontrara una ventana de autorización en linea, puede ingresar por el e iniciar el proceso
* Diligenciamiento del formato de referencia de pacientes (remisión - visof). donde se describen  claramente los motivos de la situación presentada, la hora, el nombre y cargo de la persona que recibió al paciente para el traslado.
* Entregar resumen de historia clínica.




'''Talento humano:'''  debe responsabilizarse de cada una de las etapas del proceso.


[[Image:Autorizacion en Linea.png]]
* Los usuarios que son remitidos de urgencia que requieran estabilización hemodinámica o respiratoria, debe ir acompañado por un médico, un auxiliar de enfermería y un acompañante del núcleo familiar, aquellos usuarios que no requieran dichas estabilizaciones, a criterio del médico tratante irán acompañados de una auxiliar de enfermería.
* La responsabilidad del estado y condición del traslado corresponde a la enfermera jefe del servicio de enfermería (sala de quimioterapia) o al médico tratante (consulta especializada), para lo cual debe estar en comunicación constante con la auxiliar de enfermería encargada del paciente y con el personal responsable del traslado.
* La entrega del paciente en el servicio de urgencia es realizada por personal encargado del traslado del paciente, quien debe suministrar al médico de urgencias toda la información que se requiera para la atención inmediata del mismo, incluyendo los soportes entregados por el jefe de enfermería (sala de quimioterapia) o al médico tratante (consulta especializada) y la minuta de las novedades presentadas durante el traslado.


<br> En caso de presentarse algún incidente con el paciente para su traslado y remisión se toma en cuenta como primera opción el traslado del paciente de acuerdo a la red del contratante, sin embargo de acuerdo a cada situación la institución suministra el servicio mediante un tercero.<br>


Las ambulancias que se utilizan para el traslado deben cumplir con los establecido en la norma expedida por el ministerio de la protección social y estarán dotadas con los equipos y dotación mínimas exigidas en la resolución 3100 de 2019.


=== Egreso ===
Nota: Pacientes que se detecten como víctimas de violencia sexual deben ser remitidos al servicio de urgencias según [[Protocolo_de_Atención_para_Víctimas_de_Violencia_Sexual_y_otras_formas_de_violencia|Protocolo de Atención para Víctimas de Violencia Sexual y otras formas de violencia.]]


Luego de su tratamiento, el paciente es controlado dentro de la organización durante el primer año trimestralmente o de acuerdo a su condición clínica y criterio medico, los controles posteriores se pactaran con las EAPBS para determinar si las efectúa la especialidad de base o continúan siendo atendidas en la organización de acuerdo a las RIAS.
 
 
 
 
[https://docs.google.com/spreadsheets/d/11tmn-vTwtcfRY_2xtBODVGTA7rF4Aq3JwFF9mOB98Mw/edit#gid=1349817171 Directorio]
 
<br>


= Diagrama  =
= Diagrama  =


[[Image:Principios Modelo de Atencion.png]]
[[Archivo:DF Referencia.png]]
[[Archivo:Referencia.jpg]]


= Puntos críticos e Instrumentos de Verificación  =
=Indicador=


Dentro de este servicio se pueden identificar los siguientes puntos criticos:  
La evaluación de la adherencia al procedimiento se realizara anexo a la auditoria de historias clínicas donde se describirá el promedio de solicitudes realizadas así:


*Falta de pertinencia en la remisión<br>
* Número promedio de remisiones por paciente:  Cantidad de remisiones realizadas/Cantidad de pacientes evaluados.
*Remisiones incompletas o mal direccionadas
 
*Fallas en el proceso de contrareferencia
* Porcentaje de cumplimiento de las ordenes: Número total de remisiones reportadas como cumplidas/Número de total de remisiones solicitadas.

Revisión actual - 00:00 21 ago 2025

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Identificación

Nombre Código
Manual de Referencia y Contrareferencia MPI3
Fecha de Emisión Fecha de Actualización Versión

2003/01/10

2024-03-27

12

Elaboró Ultima Versión:

Edwin Alexander Montoya Meneses Gerente
Lucy Ramirez Londoño Coordinador de Calidad

Revisó y Autorizo Ultima Versión: Comité de Calidad  

Introducción

Dada la complejidad y la exigencia de múltiples intervenciones en el manejo del paciente y los lineamientos gubernamentales en torno a la elaboración de rutas de atención, se hace necesario articular el quehacer de la organización con el de las demás entidades que se encargan de la atención de los usuarios mediante un Modelo de atención, que tome en cuenta los procedimientos internos para prestación del servicio desde la admisión hasta el egreso. El presente manual busca describir dichos procedimientos y actividades de forma articulada de modo que permita fortalecer la comunicación entre las diversas partes involucradas facilitando la oportunidad, seguridad y calidad del servicio, el desarrollo científico y el apropiado uso de los recursos disponibles, generando un intercambio de información organizado y confidencial.

Objetivo

Implementar y garantizar el sistema de Referencia y Contrarreferencia de Oncomedic ltda, articulado con las instituciones que contratan los servicios y los demás prestadores, optimizando la utilización de los recursos físicos, humanos, tecnológicos y financieros, previniendo la presentación de eventos adversos, favoreciendo el desarrollo armónico de la atención de los pacientes, direccionando la demanda de los servicios de acuerdo con la capacidad de respuesta de la red, mejorando el nivel de satisfacción de los usuarios.

Alcance

El procedimiento inicia con el envío del paciente a nuestra institución mediante una orden medica y termina con la contra-referencia del paciente para ser atendido en otro nivel de complejidad u otros servicios según los requerimientos del mismo.

Marco conceptual

Marco Legal

  • DECRETO 2759 DE 1991 Por el cual se organiza y establece el sistema de referencia y contra referencia. Establece las normas técnicas y administrativas que se requieren para la adecuadamente prestación del servicio de salud, según el nivel de atención y grado de complejidad con la debida oportunidad y eficacia.
  • Resolución 5261 de agosto de 1994. “Por la cual se establece el Manual de Actividades, Intervenciones y Procedimientos del Plan Obligatorio de Salud en el Sistema General de Seguridad Social en Salud”.
  • Resolución número 3047 de 2008: por medio de la cual se definen los formatos, mecanismos de envío, procedimientos y términos a ser implementados en las relaciones entre prestadores de servicios de salud y entidades responsables del pago de servicios de salud, definidos en el decreto 4747 de 2007.
  • La Resolución 2626 de 2019 adopta el Modelo de Acción Integral Territorial – MAITE, modifica la Política de Atención Integral en Salud — PAIS, y busca la trasformación operativa de la organización y prestación de los servicios de salud en Colombia.
  • LEY 1618 DE 2013: "Por la cual la cual se establecen las disposiciones para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad"
  • RESOLUCIÓN 1552 DE 2013: "Reglamenta parcialmente lo establecido en la Ley Antitrámites relacionado con la asignación de citas."
  • Resolución 3100 de 2019 “Por la cual se definen los procedimientos y condiciones de inscripción de los prestadores de servicios de salud y de habilitación de los servicios de salud y se adopta el Manual de Inscripción de Prestadores y Habilitación de Servicios de Salud.”

Marco Referencial

-Referencia y contrarreferencia: incluye el Conjunto de Normas Técnicas y Administrativas que permiten prestar adecuadamente el servicio de salud, según el nivel de atención y grado de complejidad de las instituciones de salud con la debida oportunidad y eficacia acceso universal de la población al nivel de tecnología que se requiera y propender por una racional utilización de los recursos institucionales..

-Referencia: Envío de usuarios, muestra biológicas, o información de ayuda diagnóstica y terapéuticas entre las partes involucradas en la prestación del servicios de salud, de acuerdo con el grado de complejidad que permite dar respuesta a las necesidades de salud.

-Contrarreferencia:, Respuesta de los prestadores de salud receptoras de la referencia, a quien hace la referencia que puede ser la contrarremisión del usuario con las debidas indicaciones a seguir o la información sobre la atención recibida por el usuario en la institución receptora, o el resultado de las solicitudes de ayuda diagnóstica.

MODALIDADES DE SOLICITUD DE SERVICIOS.

1.- Remisión: Procedimiento por el cual se transfiere la atención en salud de un usuario, a otro profesional o institución, con la consiguiente transferencia de responsabilidad sobre el cuidado del mismo.
2.- Interconsulta. En la solicitud elevada por el profesional o institución de salud, responsable de la atención del usuario a otros profesionales o instituciones de salud para que emitan juicios y orientaciones sobre la conducta a seguir con determinados usuarios, sin que estos profesionales o instituciones asuman la responsabilidad directa de su manejo.
3.- Orden de servicio: En la solicitud de realización de actividades de apoyo diagnóstico y/o tratamiento entre una institución y otra. Para lo anterior pueden referirse: Personas, elementos o muestras biológicas y productos del ambiente.
4.- Apoyo tecnológico: Es el requerimiento temporal de recursos humanos, de dotación o insumos, de un organismo a otro, para contribuir a la eficiencia y eficacia en la prestación de servicios, de conformidad con el principio de subsidiariedad, evitando así el desplazamiento de usuarios. Directorio

Descripción

Operacionalmente el sistema de referencia y contrareferencia comprende:
*Área de influencia: Datos generales de la empresa
*Capacidad resolutiva y nivele de atención: Oncomedic es un prestador de salud ambulatorio con servicios de oncología clínica, hematología, ginecología oncologica, otras consultas de especialidad, servicio farmacéutico, y aplicación de medicamentos.
*Mecanismos de transferencia de pacientes:

Todos los pacientes de Oncomedic llegan por medio de una referencia, interconsulta u orden de servicios de diferentes instituciones o profesionales para la atención especializada que brinda la organización según lo descrito en el Modelo de atención en salud y Protocolo de Atención de Pacientes con Discapacidad, La institución ofrece el servicio de oncología clínica, consulta de hematología, consulta de ginecología oncológica, consulta de oncología oral y sala de quimioterapia para aplicación de medicamentos.


Para la referencia de pacientes se requieren los siguientes soportes:
1- Formato de solicitud de servicios de establecido establecida en la resolución 3047 DE 2008 generado por el prescriptor del servicio.














2- Autorización de servicios generada por la entidades responsables del pago a nombre de Oncomedic ltda establecida en la resolución 3047 DE 2008.















3. Reporte de Patología (obligatorio para usuarios que solicitan cita por primera vez oncología).

4. Epicrisis y Formula médica (obligatorio para usuarios formulados extra institucionalmente y que acuden para la aplicación de medicamentos)

5. Datos de contacto.

Oncomedic ltda presta sus servicios de acuerdo al Modelo de Atención en Salud de Oncomedic ltda

  • Recepción de solicitud de atención y autorización física cra 4b No. 31-44 barrio Cádiz- Ibagué- Horario de atención lunes a viernes de 8:00am a 12:00am y de 2:00pm a 5:00pm o vía Internet al correo electrónico recepcióndatos@oncomedic.com.

Quien: La persona responsable de esta recepción y dar respuesta a la solicitud es el auxiliar administrativo de la IPS oncomedic Ltda.

Durante la consulta el médico especialista tratante diligencia y entrega los siguientes documentos:

Epicrisis donde describe el servicio que presto










Ordenes de servicios/Formula medica









Solicitud para servicios y/o medicamentos no cubiertos por el plan de beneficios en la plataforma mipres










Acta de junta para medicamentos UNIRS













El auxiliar Operativo es personal encargado de gestión de autorizaciones realiza el procedimiento de radicación ante la ERP y entrega por medio del correo electrónico o en forma física la evidencia de la atención al usuario.

Las entidades responsables del pago deben dar respuesta a la solicitud de autorización de servicios dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes en el Formato Único de Autorización.

Nota: Las entidades responsables del pago no podrán trasladar al usuario la responsabilidad de ampliación de información clínica o documentos adicionales para el trámite de autorización; en el caso de ser necesario la entidad responsable del pago se comunicará con el Oncomedic, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes y Oncomedic dará respuesta máximo dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al recibo de la solicitud de información adicional.

En ningún caso, las entidades responsables del pago podrán exigir que el usuario o su acudiente se desplace físicamente hasta sus instalaciones para entregar la solicitud de autorización.

COTIZACIONES. En ningún caso se podrá trasladar al paciente o a su acudiente el trámite de cotizaciones o documento que haga sus veces, para obtener la autorización de servicios por parte de la entidad responsable del pago; la gestión de la misma, en caso de requerirse, será realizada directamente entre la entidad responsable de pago y el prestador de servicios de salud, sin afectar los términos establecidos para el trámite de respuestas de autorización definidos en la presente resolución.

Para solicitud de aplicación de quimioterapia se tiene disponibilidad de:

  • Línea telefónica: 6085165948.
  • Correo electrónico: quimioterapia@oncomedic.com.
  • Dirección: cra 4d No. 33-63 barrio cadiz.

Teniendo en cuanta el nivel de complejidad de los pacientes que se atienden en oncomedic Ltda durante la consulta y aplicación de medicamentos, en caso de presentarse una situación de emergencia, se procede a implementar los pasos estipulados Programa de Seguridad del Paciente, Manual Manejo de la Toxicidad Asociada a Medicamentos

Si el paciente requiere atención de urgencia, la auxiliar de enfermería debe informar inmediatamente al coordinador médico y al servicio contratado de AMBULANCIAS PROMOVER Teléfono: 60 8 2739402 Extensión:123- Celular: 3153198987 Correos: coordinacionambulancias@promoversas.com. coradioperacionambulancias@promoversas.com.co quienes trasladan al paciente al centro de urgencia más cercano para la respectiva atención.

Los pacientes que requieren atención de inmediato, se trasladan al centro asistencial más cercano como urgencia de Asotrauma o Federico Lleras Acosta, y si el paciente se encuentra estable, pero requiere atención prioritaria se traslada al servicio de urgencia de su ERP.

Para realizar el traslado del paciente al servicio de urgencias el jefe del servicio de quimioterapia (sala de aplicación) y/o el especialista (servicio de consulta especializada) debe garantizar las siguientes acciones para el traslado:

  • Diligenciamiento del formato de referencia de pacientes (remisión - visof). donde se describen claramente los motivos de la situación presentada, la hora, el nombre y cargo de la persona que recibió al paciente para el traslado.
  • Entregar resumen de historia clínica.


Talento humano: debe responsabilizarse de cada una de las etapas del proceso.

  • Los usuarios que son remitidos de urgencia que requieran estabilización hemodinámica o respiratoria, debe ir acompañado por un médico, un auxiliar de enfermería y un acompañante del núcleo familiar, aquellos usuarios que no requieran dichas estabilizaciones, a criterio del médico tratante irán acompañados de una auxiliar de enfermería.
  • La responsabilidad del estado y condición del traslado corresponde a la enfermera jefe del servicio de enfermería (sala de quimioterapia) o al médico tratante (consulta especializada), para lo cual debe estar en comunicación constante con la auxiliar de enfermería encargada del paciente y con el personal responsable del traslado.
  • La entrega del paciente en el servicio de urgencia es realizada por personal encargado del traslado del paciente, quien debe suministrar al médico de urgencias toda la información que se requiera para la atención inmediata del mismo, incluyendo los soportes entregados por el jefe de enfermería (sala de quimioterapia) o al médico tratante (consulta especializada) y la minuta de las novedades presentadas durante el traslado.


Las ambulancias que se utilizan para el traslado deben cumplir con los establecido en la norma expedida por el ministerio de la protección social y estarán dotadas con los equipos y dotación mínimas exigidas en la resolución 3100 de 2019.

Nota: Pacientes que se detecten como víctimas de violencia sexual deben ser remitidos al servicio de urgencias según Protocolo de Atención para Víctimas de Violencia Sexual y otras formas de violencia.



Directorio


Diagrama



Indicador

La evaluación de la adherencia al procedimiento se realizara anexo a la auditoria de historias clínicas donde se describirá el promedio de solicitudes realizadas así:

  • Número promedio de remisiones por paciente: Cantidad de remisiones realizadas/Cantidad de pacientes evaluados.
  • Porcentaje de cumplimiento de las ordenes: Número total de remisiones reportadas como cumplidas/Número de total de remisiones solicitadas.