Diferencia entre revisiones de «Programa de Participacion Ciudadana»

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Etiqueta: editor de código 2017
 
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'''Revisó y Autorizo Ultima Versión: '''Comité de Calidad.<br>
'''Revisó y Autorizo Ultima Versión: '''Comité de Calidad.<br>


=Introducción=
=Introducción=


La Resolución 2063 de 2017 adopta la Política de Participación en Salud- PPSS, que tiene como objetivo la intervención de la comunidad en la organización, control, gestión y fiscalización de las instituciones del sistema de salud en conjunto.
Estamos sufriendo una crisis del sector salud, sumado a la percepción de falta de representatividad, que deja sin esperanza a los ciudadanos, el gran reto es lograr una cultura de participación que permita  visualizar la salud como valor social y responder al compromiso  ético de tomar en cuenta a las personas afectadas, facilitando el ejercicio democrático con impactos favorables en el sector salud como:


La idea del PPSS es que dentro del Modelo de Integral de Atención en Salud, se reglamente un proceso de retroalimentación de manera dinámica y constante para mejorar su desempeño en los resultados en salud. Para ello, es necesario implementar planes que incorporen cambios de procesos en relación con la participación social, mecanismos de incentivos financieros y mecanismo de difusión e información.
#Mejorar la calidad de la atención y el aumentar la satisfacción de los usuarios y trabajadores considerando al tomar en cuenta los aportes y opiniones, permitiendo responder a las necesidades, expectativas y problemas de la población.
#Movilizar de recursos y construir de redes que reconocen su responsabilidad en la salud, aportando recursos y potenciando o reforzando acciones en beneficio de todos.
#Lograr el compromiso de la comunidad usuaria como actor fundamental en la prevención y control de la enfermedad.
#Motivar una cultura de la participación ciudadana que promueve un uso más eficiente y adecuado de los recursos permitiendo atender las necesidades y demandas de la población de modo que se logre mejorar la calidad de vida, el bienestar, la sostenibilidad y el  desarrollo del sector mediante la toma de decisiones y la formulación de propuestas concertadas de acuerdo a las necesidades de todos.


Durante el siglo XX, la década de los sesenta se considera como un momento de auge en la participación social en el entendido que hubo un gran número de proyectos comunitarios en diferentes países que se extendieron al ámbito de la salud, se impulsaron las leyes de participación en los Estados Unidos. En Centroamérica, se desarrollaron experiencias pioneras tales como: “Donde no hay doctor” de México y la de Hospital sin paredes en Costa Rica, las cuales recibieron reconocimiento y apoyo al consolidarse la atención primaria de salud como estrategia mundial aprobada en Alma Ata (3) .
La Resolución 2063 de 2017 adopta la Política de Participación en Salud, que tiene como objetivo la intervención de la comunidad en la organización, control, gestión y fiscalización de las instituciones del sistema de salud para mejorar su desempeño, incorporando a la población en las soluciones de problemas de salud mediante la intervención en procesos institucionales de planeación, ejecución y vigilancia en procura de la protección de derechos y deberes de todos.  


En Cuba se crearon las comisiones de salud del pueblo, las que estaban respaldadas por el principio declarado para la salud pública según el cual las acciones de salud deben desarrollarse con la participación activa de la comunidad organizada.
También surgieron los llamados consejos sociales (en la antigua URSS), los cuales desarrollaron los principios de la sanidad pública e incorporaron a la población en las soluciones de problemas de salud y las campañas patrióticas sanitarias (en China). En Tanzania, se fomentaron actividades de autoayuda y en Indonesia se formaron los comités coordinadores mixtos para solucionar problemas de interés grupal.


Varios países consideraron la participación como un elemento fundamental en el proceso de estructuración de sistemas de salud, pero como lo destaca el texto de Sanabria (4) , es con la Declaración de Alma Ata: “Salud para todos en el año 2000” en donde este aspecto adquiere mayor protagonismo: “Dentro de esta estrategia se determinó que la participación comunitaria era la clave para hacer llegar los servicios de salud a toda la población, en particular a los grupos de mayor riesgo y con menor posibilidad de acceso a ese tipo de servicio”.
Adicionalmente con la expedición de la Ley 1712 de 2014 “Por medio de la cual se crea la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional y se dictan otras disposiciones”, se regula el derecho de acceso a la información pública, los procedimientos para el ejercicio y garantía del derecho y las excepciones a la publicidad de información.


En Colombia, se crearon los comités de salud que dieron lugar a los consejos locales de salud (5) , así como las juntas de acción comunal en los inicios del Frente Nacional (6) .
En respuesta a lo anterior se crea el presente programa.


=Política=


Dentro del desarrollo de la misma, “la participación social en salud se fortalece a finales de la década de los años noventa del siglo pasado, en donde el enfoque enfatiza el sentido de la participación referido al apoyo y colaboración de las comunidades en los programas de atención primaria, en la perspectiva de consolidar una propuesta de prevención que apuntara a disminuir los costos asistenciales y a la vez permitiera una mayor cobertura. Los programas a los cuales dio origen, estaban dirigidos hacia la población infantil y tenían como propósito básico el control de enfermedades infecto-contagiosas, la promoción de la salud materno-infantil, el abastecimiento de agua potable y el saneamiento básico en el marco de la propuesta de atención primaria en salud (APS)” (7) .


Ahora bien, existen por lo menos dos (2) grandes vertientes para definir y entender la participación en salud: por un lado, es concebida como un ejercicio ciudadano en lo público, es decir, la intervención de los grupos o los actores sociales en procesos institucionales de planeación, ejecución y vigilancia de la salud y, especialmente, en los de consulta e información. Por otro lado, se conceptualiza como un ejercicio ciudadano de protección de derechos, cuyo resultado es el goce efectivo de los mismos. Adicionalmente, existe una tercera faceta que se deriva de las otras dos y tiene que ver con el hecho de que la participación es valiosa en sí misma en la medida en que incorpora al ejercicio de lo público, la deliberación incluyente como uno de los elementos sustanciales de la democracia, tal y como lo han planteado autores como Habermas y Fraser (8) .
ONCOMEDIC LIMITADA, está comprometido en la planificación ejecución y evaluación del programa de participación ciudadana basado en principios éticos,que permita el empoderamiento del individuo y el desarrollo una cultura de la participación, la prevención, auto-cuidado, calidad, seguridad y trabajo colaborativo, que se traduzca en el beneficio del individuo, la institución, el sector salud y la comunidad en general.


En el marco de la modernidad, el sistema político democrático está abocado a una crisis de representatividad en la medida en que no logra establecer circuitos para dar voz a las minorías, en donde el abstencionismo es una muestra de dicha crisis, en el trasfondo está la pregunta de cómo el sistema político mejora los procedimientos de consensos antes que la lógica de la imposición de las mayorías.
=Objetivos=


cómo constituir representatividades que logren expresar consensos ciudadanos frente a las necesidades en salud.


'''Objetivo general'''


Planear, ejecutar y evaluar el programa de participación social en salud, incentivando una cultura de participación, fortaleciendo apropiación de mecanismos y condiciones que faciliten el ejercicio del derecho a la salud y a la participación en el marco de la Ley Estatutaria de Salud y en armonía con la Política de Atención Integral en Salud -PAIS<br>


Ahora bien, como indica la Comisión Nacional de Seguimiento a la Propuesta de Reforma Integral de Salud, “la participación social no se fundamenta solo en razones de tipo ético (tomar en cuenta a las personas afectadas) o político (de profundización de la democracia), sino que también, obedece a una necesidad técnica del sector salud, como lo ha sostenido, puesto que ha contribuido efectivamente a:
'''<br>Objetivos específicos'''


1. La mejoría de la calidad de la atención y el aumento en la satisfacción de usuarios y trabajadores de los servicios de salud, ya que la atención de salud se organiza considerando diversos aportes y opiniones, en especial la de los usuarios, permitiendo centrar mejor las acciones para responder a las necesidades, expectativas y problemas de la población.
#Promover los procesos de gestión y garantía en salud, y la participación en la presupuestación participativa en salud.
#Garantizar el derecho a la participación de los usuarios, propiciando mejorar los niveles de satisfacción.
#Desarrollar las estrategias de comunicación, gestión y educación para empoderar a los usuarios generando una cultura de auto – cuidado.
#Formular la Política de participación ciudadana en el marco de las competencias de Oncomedic.
#Socializar el plan de acción y permitir su seguimiento por parte de la ciudadanía, entidad territorial, Ministerio de Salud y Protección Social y los entes de control.
#Respetar, promover y proteger el derecho a la participación.
#Incentivar el ejercicio de control social y veeduría de recursos del sector salud y el cumplimiento de los planes de beneficios.


2. La movilización de recursos y construcción de redes locales, con el aporte de los diversos actores y sectores (sociales y técnicos), que reconocen su cuota de responsabilidad en el proceso de producir la salud, aportando sus recursos disponibles (materiales, humanos y financieros) y potenciando o reforzando entre sí sus diversas acciones en beneficio de la comunidad usuaria.
=Alcance=
 
El programa de participación ciudadana nace del compromiso de la dirección de Oncomedic y permea toda la organización y su entorno social
3. La adecuación de programas y la generación de nuevos servicios que respondan a las necesidades de la población, debido a que se incorpora en los distintos momentos de la planificación y elaboración de programas y servicios de salud, la visión, opinión, expectativas y demandas de los diversos actores sociales, en especial, de los usuarios de los servicios.
 
4. La promoción de la salud, proceso que requiere del compromiso de la comunidad usuaria de los servicios del sector, como actor fundamental para mejorar su situación de salud” (12) .
 
Como se observa, la participación fortalece el sector salud y contribuye notoriamente a su desarrollo y profundización. Es claro, que el hecho de que la salud sea una construcción social implica que quienes dirigen las políticas incorporen la participación de los afectados para poder no solo validar las decisiones, sino también, para lograr constituir la salud como valor social.
 
Sobre el particular, en Colombia, uno de los estudios pioneros en la década de los años ochenta del siglo pasado es el del profesor Carlos Agudelo que diseña un método de evaluación de la participación “comunitaria” en salud (13) . En él se define la participación como la integración de la comunidad al proceso administrativo y al financiamiento de un servicio de salud, sea este de atención primaria o de otro tipo. Por comunidad se entiende un grupo humano residente en un área geográfica determinada con valores, patrones culturales y problemas sociales comunes, y con conciencia de pertenencia, donde las personas interactúan más intensamente entre sí que en otro contexto similar.
 
Un enfoque en el marco de la APS, es el que se identifica con la estrategia de desarrollo y fortalecimiento de los sistemas locales de salud (Silos), en el cual la participación social es esencial para el desarrollo de la salud. En esta concepción, los distintos sectores de la sociedad están llamados a involucrarse en la toma de decisiones y en la formulación de propuestas para la producción de la salud. “La negociación, la concertación, la formación de alianzas y pactos sociales y la construcción de consensos son promovidas desde este enfoque para facilitar la participación de la sociedad civil (14) (OPS, 1994)”.
 
Participación ciudadana como cultura estimular la generación de iniciativas de desarrollo por parte de la población a través de programas, proyectos específicos, y por medio de la gestión pública, con lo cual puede promoverse un uso más eficiente y adecuado de los recursos públicos por parte de las autoridades locales, que permita atender las necesidades y demandas de la población que redunden en el mejoramiento de la calidad de vida, el bienestar y la sostenibilidad del desarrollo.
 
crisis de representatividad en la medida en que no logra establecer circuitos para dar voz a las minorías, en donde el abstencionismo es una muestra de dicha crisis, en el trasfondo está la pregunta de cómo el sistema político mejora los procedimientos de consensos antes que la lógica de la imposición de las mayorías. Este es el desafío más grande de las democracias contemporáneas. Dicho planteamiento, no es ajeno a los procesos de participación social en salud: cómo constituir representatividades que logren expresar consensos ciudadanos frente a las necesidades en salud.
 
respuesta a la crisis de representatividad
 
=Política=
=Objetivos=
 
Implementar el programa de participación social en salud (PPSS)


=Alcance=
=Marco Conceptual=
=Marco Conceptual=


En el año 2008, la OMS en su publicación del informe de la Comisión de Determinantes Sociales de la Salud (CDSS), asume que la salud es una resultante de modos, condiciones y estilos de vida, donde lo individual y lo colectivo se superponen de forma permanente, lo cual se traduce en la necesidad de realizar ajustes y/o transformaciones en las políticas sociales, en la infraestructura y los servicios así como en el desarrollo de aptitudes y actitudes de la comunidad, que favorezcan lo saludable, en el entendido que no es posible el desarrollo de proyectos vitales individuales y colectivos mientras se mantengan las inequidades sanitarias, esto es, las diferencias injustas y evitables observadas en y entre los países en lo que respecta a la situación sanitaria.
=Sustento Legal=
Constitución Política: “ marco jurídico, democrático y participativo” y en sus artículos 1º y 2º resalta ese valor y principio como fundamental dentro de la organización del Estado;
Ley 100 de 1993, artículo 153, modificado por el artículo 3º de la Ley 1438 de 2011 establece como principio del sistema general de seguridad social en salud, en su numeral 3.10, la participación social, que es la intervención de la comunidad en la organización, control, gestión y fiscalización de las instituciones y del sistema en conjunto.
Ley 1438 de 2011 artículo 136: que el hoy Ministerio de Salud y Protección Social definirá una política nacional de participación social, PPSS;
Ley Estatutaria 1751 de 2015 artículo 12:  el derecho fundamental a la salud, comprende el derecho de las personas a participar en las decisiones adoptadas por los agentes del sistema de salud que la afectan o interesan.
Ley Estatutaria 1757 de 2015: adopta una serie de disposiciones en materia de promoción y protección del derecho a la participación en especial en aspectos como la planeación, el control social a lo público y la financiación;
Resolución 429 de 2016: por medio de la cual se adopta la política de atención integral en salud (PAIS), señala en el numeral 6.3 del artículo 6º, que el modelo integral de atención requiere procesos de retroalimentación de manera dinámica y constante para la mejora de su desempeño y de los resultados en salud, lo cual determina la necesidad de implementar planes que incorporen cambios de procesos en relación con la participación social, mecanismos de incentivos de financiamiento, mecanismos de difusión e información.
=Marco Referencial=
olítica establece que la participación como derecho y práctica social es la posibilidad material de producir bienestar y la realización del derecho a la salud en el entendido que significa que todos los actores sociales de una comunidad hacen parte en las deliberaciones y decisiones sobre cualquier problema que afecta a la comunidad, en el entendido que la salud es un bien público. Esto incluye lo planteado en la norma en relación con la capacidad de participar en las decisiones sobre necesidades y prioridades, la asunción de las responsabilidades y obligaciones para la formulación de planes y adopción de medidas, así como para evaluar los resultados en salud (art. 12 de la Ley Estatutaria en Salud 1751/2015).
Es decir, la participación permite:
i) Garantizar que la gestión de las políticas públicas tenga legitimidad y vaya encaminada a generar programas saludables;
ii) Fortalecer el control social ejercido por la ciudadanía o la comunidad organizada a través de mecanismos de participación formal e informal. El control social está establecido por mandato constitucional, promoviendo el derecho a informarse, participar en la planeación, controlar y evaluar la gestión pública;


iii) Fortalecer la promoción de la salud y la educación para la salud entendida como proceso de transformación y promoción de autonomía;
==Sustento Legal==


iv) La presupuestación participativa como una potente herramienta de relación permanente del Gobierno con la población, un modelo de gestión pública democrática, donde la ciudadanía participa de forma directa, voluntaria y universal.
*'''Constitución Política:''' “ marco jurídico, democrático y participativo” y en sus artículos 1º y 2º resalta ese valor y principio como fundamental dentro de la organización del Estado;
*'''Ley 100 de 1993, artículo 153, modificado por el artículo 3º de la Ley 1438 de 2011''' establece como principio del sistema general de seguridad social en salud, en su numeral 3.10, la participación social, que es la intervención de la comunidad en la organización, control, gestión y fiscalización de las instituciones y del sistema en conjunto.
*'''Ley 1438 de 2011 artículo 136:''' que el hoy Ministerio de Salud y Protección Social definirá una política nacional de participación social, PPSS;
*'''Ley Estatutaria 1751 de 2015 artículo 12: ''' el derecho fundamental a la salud, comprende el derecho de las personas a participar en las decisiones adoptadas por los agentes del sistema de salud que la afectan o interesan.
*'''Ley Estatutaria 1757 de 2015:''' adopta una serie de disposiciones en materia de promoción y protección del derecho a la participación en especial en aspectos como la planeación, el control social a lo público y la financiación;
*'''Resolución 429 de 2016: '''por medio de la cual se adopta la política de atención integral en salud (PAIS), señala en el numeral 6.3 del artículo 6º, que el modelo integral de atención requiere procesos de retroalimentación de manera dinámica y constante para la mejora de su desempeño y de los resultados en salud, lo cual determina la necesidad de implementar planes que incorporen cambios de procesos en relación con la participación social, mecanismos de incentivos de financiamiento, mecanismos de difusión e información.<br>


En el sector salud existen una serie de modalidades de participación con evidentes niveles de fragmentación que se traducen en una multiplicidad de grupos con intereses no armonizados y con bajos niveles de compatibilidad entre ellos, que buscan influenciar el proceso de elaboración de políticas e intervenciones de diferente índole buscando que las acciones les sean beneficiosas. Así mismo, no existe una articulación apropiada de los mecanismos y modalidades con las instancias que adoptan las decisiones, ni los mismos son siempre fácilmente accesibles ni plantean soluciones a problemáticas concretas.
== Marco Referencial  ==


En este sentido, el Ministerio de Salud y Protección Social busca identificar en el sistema de salud las necesidades y las oportunidades de mejora de los mecanismos de participación existentes y determinar otros como una forma de promover y fortalecer los espacios de participación y control social, como una herramienta para la formulación de políticas sectoriales en el tema, con un liderazgo continuo en el nivel nacional y un monitoreo y seguimiento permanente en las instancias territoriales que deben garantizar estos espacios de participación.
'''Principios orientadores:&nbsp;'''<br>


De esta manera, realizar un análisis situacional de la participación en salud, pasa por determinar el nivel de desarrollo de las modalidades de participación social en el sector salud, a partir de la aplicación de las encuestas diseñadas para ello, teniendo en cuenta las características de los espacios constituidos formalmente para el desarrollo de las prácticas participativas, como referente básico, así como el análisis de los desarrollos planteados y los aportes de la comunidad en el proceso de deliberación y construcción de la política.
#'''Enfoque de derechos.''' Los ciudadanos son titulares y sujetos plenos para ejercer el derecho a la participación, y es responsabilidad de los servidores públicos adoptar las medidas necesarias para garantizar el ejercicio de este, incluyendo acciones de afirmación y restitución cuando ellos hayan sido vulnerados.
#'''Territorialidad.''' La PPSS tendrá en cuenta las dinámicas territoriales y la diversidad y heterogeneidad de los procesos de participación en la perspectiva de impulsar y garantizar el derecho a la participación, lo que implica reconocer el desarrollo diferencial de los espacios, mecanismos e instancias de participación social;
#'''Diversidad.''' Es el reconocimiento y promoción de la pluralidad, la heterogeneidad y la singularidad manifiesta en los planos étnico, cultural, de edad, sexo, identidad de género u orientación sexual, religiosa o política de los sujetos participantes;
#'''Solidaridad.''' Capacidad de acción articulada entre las ciudadanas y ciudadanos, organizaciones e instituciones, en causas que aporten al desarrollo individual y colectivo, privilegiando a quienes se encuentren en desventaja manifiesta frente al ejercicio de su derecho a la participación;
#'''Autonomía.''' Es el reconocimiento de la libertad y dignidad de las personas y organizaciones para ejercer el derecho a la participación, para lo cual las autoridades, instancias, espacios y organizaciones, ejercerán libremente sus funciones en materia de participación, buscando el pleno ejercicio de la libertad y la promoción de la autodeterminación individual y colectiva;
#'''Equidad. '''Desde la perspectiva de desarrollo humano, el concepto de equidad implica el reconocimiento de las condiciones desiguales que afectan a las personas para el ejercicio de la participación. El desarrollo de la política pública en participación debe tener en cuenta las asimetrías de poder y los diversos puntos de vista evitando las discriminaciones;
#'''Transparencia.''' Hace referencia al establecimiento de mecanismos de acceso a la información, criterios y dispositivos que garanticen la participación en los procesos de gestión de la salud: de inversión en salud, rendición de cuentas, auditoría y contraloría social e interacción entre los funcionarios y/o trabajadores de la salud con la población, en torno al manejo administrativo y gerencial de los recursos públicos, así como el cumplimiento de políticas públicas y programas e impacto en la población. Se debe tener en cuenta el ejercicio del control social de la ciudadanía en los procesos de participación y uso de recursos públicos que se utilicen para tal fin;
#'''Corresponsabilidad. '''La política de participación debe favorecer la concurrencia de esfuerzos de los actores sociales concertados y articulados entre sí, en un marco de colaboración protagónica, factibles de realizarse para enfrentar situaciones concretas relacionadas con los procesos de participación social en salud con el fin de lograr un mayor impacto en la calidad de vida.


5.1. Situación de las formas de participación social en salud en Colombia.
= Metodología  =
El entonces Decreto 1757 de 1994, actualmente compilado en el Decreto Único Reglamentario del sector Salud y Protección Social 780 de 2016 (arts. 2.10.1.1.1 y ss.), regula el tema referente a la participación en salud, que es la forma más generalizada del ejercicio participativo en salud en el país a partir de 1993.


El Ministerio de Salud y Protección Social, para el levantamiento de la información relacionada con el funcionamiento de estos espacios de participación en salud, utilizó un proceso de recolección y análisis de la información que comprendió varias etapas:
== Diagnóstico y Autoevaluación Organizacional  ==


1. Diseño del instrumento para la recolección de la información para cada uno de los espacios de participación. Al respecto se estructuró una encuesta con tres (3) categorías: información básica, estructura y organización, y nivel de desarrollo.
Oncomedic reconoce la participación en salud como un derecho y un deber, que incluye aspectos de auto-cuidado, cuidado comunitario y social, respeto por la institucionalidad y los recursos públicos, reconoce y enseña que todos hacemos parte de un sistema que debemos cuidar y valorar como premisa para poder usufructuar los beneficios y derechos de este.  


2. Orientación sobre el instrumento a los profesionales encargados del diligenciamiento del mismo y de la comunicación con los territorios.
Existen algunas dificultades es el aspecto de lograr participación desde la mala percepción del sistema, la falta de conocimiento de&nbsp;los derechos y deberes,&nbsp; la prioridad de la atención del paciente oncologico, la gran cantidad de&nbsp;leyes de participación que se pueden “acomodar” de acuerdo con los intereses de los diferentes actores.<br>


3. Consolidación, análisis y socialización de los resultados.
En Oncomedic se ha desarrollado un trabajo con la comunidad tratando de entender&nbsp; sus lógicas, propiciando y&nbsp;educando a los usuarios internos y externos&nbsp; en la participación con visión de derechos y deberes en la salud, sin embargo es necesario fortalecer&nbsp;&nbsp;la institucionalidad en salud, lo que las pone en desventajas: de discurso, capacidad técnica,<br>


=Metodología=  
==Caracterización de la población =
Compromiso de la Dirección
**[[Caracterizaci%C3%B3n_poblaci%C3%B3n_2021|Caracterización de la población 2021]]
**[[Caracterizacion_poblacion_2022|Caracterización de la población 2022]]
**[[Caracterizacion_poblacion_2023|Caracterización de la población 2023]]
**[https://docs.google.com/document/d/14ZfQuZ_Fa7cufYjSLKRWPFEAnffp8btaulw1p3cmIEs/edit?tab=t.0 Caracterización de la población 2024]


Trabajadores
==Organización del Programa==
Ciudadanos


Documentos  de participación social; 
El programa es liderado en la organización por el gerente quien a su vez delega en el comité de calidad, comité de ética hospitalaria y la asociación de usuarios el fortalecimiento del mismo
mesas de trabajo sobre el Decreto 1757 de 1994, incorporado al Decreto Único Reglamentario 780 de 2016 del sector Salud y Protección Social
La encuesta sobre la situación de los mecanismos de participación que fue diligenciada por las entidades territoriales.


diseño de lineamiento metodológico;
==Campo De Aplicación del Programa==
documento base de discusión;
talleres de formulación,


Fases
El programa de participación ciudadana de Oncomedic ltda compromete a toda la organización usuarios y comunidad en general promoviendo su desarrollo articulado al direccionamiento estratégico, se realiza una evaluación anual.


“Documento base para la discusión de la PPSS”. El mismo contiene cinco (5) ejes de reflexión:
== Estrategias, Acciones y Responsable  ==
marco situacional,  
marco conceptual,
marco normativo,
marco estratégico
marco operativo.


La segunda fase, recolección de fuente primaria, se desarrolló a través de un proceso deliberativo, que tuvo como propósito escuchar y recoger las voces de la ciudadanía, así como las de los servidores públicos y trabajadores de la salud que ejecutan procesos de participación social en salud en el país.
'''Lineas estratégicas'''


#E2la: crear una estrategia pedagógica permanente en salud para cualificar a los ciudadanos en los procesos de Participación, en los temas de interés en salud y en el derecho a la salud
#E2li: Definir los mecanismos de consulta y de la transferencia de la información requerida para garantizar la Participación de la comunidad, en las definiciones de política integral de salud, en las prioridades en salud, Así como en inclusiones y exclusiones
#E3lb: Diseñar una estrategia de comunicación e información para la promoción y socialización de una cultura de Bienestar y salud con perspectiva comunitaria.
#E3ld: Conformar y/o consolidar mecanismos de espacios para que la ciudadanía participe y se apropie de los Programas de promoción y prevención


En la tercera fase, de socialización.
'''Metas'''
Identificación de los actores involucrados teniendo como criterio de participación los grados de representatividad de los mismos, con lo cual se buscó generar un proceso cualificado que garantizara el reconocimiento de saberes, prácticas y experiencias de participación en salud desde diferentes lugares


=Diagnóstico y Autoevaluación Organizacional=
#'''Fortalecimiento institucional: '''mediante el'''&nbsp;'''Programa de participación social se incorporar en la organización un enfoque diferencial en el desarrollo de los espacios de participación en salud, liderado por el comité de calidad, comité de Ética hospitalaria y Alianza de usuarios.
=Caracterización de la población=
#'''Impulso a la cultura de la salud: '''apropiación de la salud en la vida cotidiana y en el ejercicio del cuidado (colectivo) y del auto-cuidado (individual), como elemento esencial para el cumplimiento del derecho a la salud mediante&nbsp;promoción y socialización de una cultura de bienestar y salud con perspectiva comunitaria, mediante las acciones de artesana arte que sana y la socialización en la pagina&nbsp;[http://oncologi.co/ oncologi.co]<br>
=Organización del Programa=
#'''Empoderamiento Ciudadano en aspectos de participación, transparencia y control social''': para que logre cumplir un rol activo y participativo que posibilite garantizar el derecho fundamental a la salud mediante&nbsp;&nbsp;estrategias pedagógicas en los procesos de participación y temas de interés en salud y en el derecho a la salud, uso y apropiación de las tecnologías de información y las comunicaciones incluido el acceso a medios, boletines, periódicos que permitan impulsar y visibilizar los procesos participativos para garantizar la participación de la comunidad, en las definiciones de política integral de salud, en las prioridades en salud, así como en inclusiones y exclusiones.<br>*Deberes y derechos de los usuarios. <br>*Atención a los Usuarios (SIAU) <br>*Asociación de Usuarios <br>*Comité de Ética Hospitalaria <br>*Pagina institucional [http://oncologi.co/ oncologi.co] <br>*[https://pospopuli.minsalud.gov.co/PospopuliWeb/paginas/HomeMedicamentos.aspx#search1 pospopuli.minsalud.gov.co/PospopuliWeb/paginas/HomeMedicamentos.aspx#search1 Mi Vox-pópuli]<br>*[https://mivoxpopuli.minsalud.gov.co/InscripcionParticipacionCiudadana/frm/logica/frmdefault.aspx El portal de participación ciudadana del Ministerio de Salud y Protección Social.]Procedimiento técnico-científico y participativo para la exclusión de tecnología<br>
=Campo De Aplicación del Programa=
=Estrategias, Acciones y Responsable=


Deberes y derechos de los usuarios
<br>


Servicio de atención a la comunidad con el propósito de garantizar un servicio de calidad y de velar por el buen funcionamiento y la buena administración de los recursos por parte de las IPS para canalizar y resolver sus peticiones, quejas, reclamos y solicitudes al tomar las medidas correctivas necesarias y mantener informados a los usuarios sobre deberes y derechos en salud. De esta manera, los SAC logran promover procesos de participación local y así dar cumplimiento al derecho legítimo de los ciudadanos de velar por el buen funcionamiento de las EPS y de las IPS al verse impelidas a través de las SAC a brindar una buena atención y satisfacer las necesidades de los usuarios del servicio de salud.
==Tiempo de ejecución y Fecha de revisión del programa==


=Resultado esperado, Indicadores y Metas=
Es un programa permanente con evaluaciones  en los comités de alianza de usuarios, calidad y ética hospitalaria.
=Tiempo de ejecución y Fecha de revisión del programa=


Se plantea un programa con duración de 5 años con evaluaciones anuales
== Recursos del Programa  ==


=Recursos del Programa=
'''Recursos humanos:''' La organzación dispone de su recurso humano para motivar la participación ciudadana, los procedientos están liderados tanto por el comité de calidad, como el de ética hospitalaria, así como la asociación de usuarios<br>'''Recursos técnicos:'''&nbsp;Departamento de calidad y atención al usuario y equipo de cómputo, buzón de sugerencias, cartelera informativa y atención preferencial.&nbsp; Material impreso y digital para la divulgación de deberes y derechos en salud a los usuarios, pagina oncologi.co, redes sociales.<br><br>


recursos humanos:
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Recursos técnicos: oficina y equipo de cómputo, buzón de sugerencias, cartelera informativa y atención preferencial. En menor número y en orden descendente, se cuenta con línea telefónica local exclusiva (32) (22) material impreso para la divulgación de deberes y derechos en salud a los usuarios.
Recursos Logísticos:

Revisión actual - 23:57 20 ago 2025

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Identificación

Nombre Código  
Programa de Participación Ciudadana PPS
Fecha de Emisión

Fecha de Actualización

Versión
2020-07 14 2022-07-29 2

Elaboró: Lucy Ramirez Londoño Coordinadora de calidad.

Revisó y Autorizo Ultima Versión: Comité de Calidad.

Introducción

Estamos sufriendo una crisis del sector salud, sumado a la percepción de falta de representatividad, que deja sin esperanza a los ciudadanos, el gran reto es lograr una cultura de participación que permita visualizar la salud como valor social y responder al compromiso ético de tomar en cuenta a las personas afectadas, facilitando el ejercicio democrático con impactos favorables en el sector salud como:

  1. Mejorar la calidad de la atención y el aumentar la satisfacción de los usuarios y trabajadores considerando al tomar en cuenta los aportes y opiniones, permitiendo responder a las necesidades, expectativas y problemas de la población.
  2. Movilizar de recursos y construir de redes que reconocen su responsabilidad en la salud, aportando recursos y potenciando o reforzando acciones en beneficio de todos.
  3. Lograr el compromiso de la comunidad usuaria como actor fundamental en la prevención y control de la enfermedad.
  4. Motivar una cultura de la participación ciudadana que promueve un uso más eficiente y adecuado de los recursos permitiendo atender las necesidades y demandas de la población de modo que se logre mejorar la calidad de vida, el bienestar, la sostenibilidad y el desarrollo del sector mediante la toma de decisiones y la formulación de propuestas concertadas de acuerdo a las necesidades de todos.

La Resolución 2063 de 2017 adopta la Política de Participación en Salud, que tiene como objetivo la intervención de la comunidad en la organización, control, gestión y fiscalización de las instituciones del sistema de salud para mejorar su desempeño, incorporando a la población en las soluciones de problemas de salud mediante la intervención en procesos institucionales de planeación, ejecución y vigilancia en procura de la protección de derechos y deberes de todos.


Adicionalmente con la expedición de la Ley 1712 de 2014 “Por medio de la cual se crea la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional y se dictan otras disposiciones”, se regula el derecho de acceso a la información pública, los procedimientos para el ejercicio y garantía del derecho y las excepciones a la publicidad de información.

En respuesta a lo anterior se crea el presente programa.

Política

ONCOMEDIC LIMITADA, está comprometido en la planificación ejecución y evaluación del programa de participación ciudadana basado en principios éticos,que permita el empoderamiento del individuo y el desarrollo una cultura de la participación, la prevención, auto-cuidado, calidad, seguridad y trabajo colaborativo, que se traduzca en el beneficio del individuo, la institución, el sector salud y la comunidad en general.

Objetivos

Objetivo general

Planear, ejecutar y evaluar el programa de participación social en salud, incentivando una cultura de participación, fortaleciendo apropiación de mecanismos y condiciones que faciliten el ejercicio del derecho a la salud y a la participación en el marco de la Ley Estatutaria de Salud y en armonía con la Política de Atención Integral en Salud -PAIS


Objetivos específicos

  1. Promover los procesos de gestión y garantía en salud, y la participación en la presupuestación participativa en salud.
  2. Garantizar el derecho a la participación de los usuarios, propiciando mejorar los niveles de satisfacción.
  3. Desarrollar las estrategias de comunicación, gestión y educación para empoderar a los usuarios generando una cultura de auto – cuidado.
  4. Formular la Política de participación ciudadana en el marco de las competencias de Oncomedic.
  5. Socializar el plan de acción y permitir su seguimiento por parte de la ciudadanía, entidad territorial, Ministerio de Salud y Protección Social y los entes de control.
  6. Respetar, promover y proteger el derecho a la participación.
  7. Incentivar el ejercicio de control social y veeduría de recursos del sector salud y el cumplimiento de los planes de beneficios.

Alcance

El programa de participación ciudadana nace del compromiso de la dirección de Oncomedic y permea toda la organización y su entorno social

Marco Conceptual

Sustento Legal

  • Constitución Política: “ marco jurídico, democrático y participativo” y en sus artículos 1º y 2º resalta ese valor y principio como fundamental dentro de la organización del Estado;
  • Ley 100 de 1993, artículo 153, modificado por el artículo 3º de la Ley 1438 de 2011 establece como principio del sistema general de seguridad social en salud, en su numeral 3.10, la participación social, que es la intervención de la comunidad en la organización, control, gestión y fiscalización de las instituciones y del sistema en conjunto.
  • Ley 1438 de 2011 artículo 136: que el hoy Ministerio de Salud y Protección Social definirá una política nacional de participación social, PPSS;
  • Ley Estatutaria 1751 de 2015 artículo 12: el derecho fundamental a la salud, comprende el derecho de las personas a participar en las decisiones adoptadas por los agentes del sistema de salud que la afectan o interesan.
  • Ley Estatutaria 1757 de 2015: adopta una serie de disposiciones en materia de promoción y protección del derecho a la participación en especial en aspectos como la planeación, el control social a lo público y la financiación;
  • Resolución 429 de 2016: por medio de la cual se adopta la política de atención integral en salud (PAIS), señala en el numeral 6.3 del artículo 6º, que el modelo integral de atención requiere procesos de retroalimentación de manera dinámica y constante para la mejora de su desempeño y de los resultados en salud, lo cual determina la necesidad de implementar planes que incorporen cambios de procesos en relación con la participación social, mecanismos de incentivos de financiamiento, mecanismos de difusión e información.

Marco Referencial

Principios orientadores: 

  1. Enfoque de derechos. Los ciudadanos son titulares y sujetos plenos para ejercer el derecho a la participación, y es responsabilidad de los servidores públicos adoptar las medidas necesarias para garantizar el ejercicio de este, incluyendo acciones de afirmación y restitución cuando ellos hayan sido vulnerados.
  2. Territorialidad. La PPSS tendrá en cuenta las dinámicas territoriales y la diversidad y heterogeneidad de los procesos de participación en la perspectiva de impulsar y garantizar el derecho a la participación, lo que implica reconocer el desarrollo diferencial de los espacios, mecanismos e instancias de participación social;
  3. Diversidad. Es el reconocimiento y promoción de la pluralidad, la heterogeneidad y la singularidad manifiesta en los planos étnico, cultural, de edad, sexo, identidad de género u orientación sexual, religiosa o política de los sujetos participantes;
  4. Solidaridad. Capacidad de acción articulada entre las ciudadanas y ciudadanos, organizaciones e instituciones, en causas que aporten al desarrollo individual y colectivo, privilegiando a quienes se encuentren en desventaja manifiesta frente al ejercicio de su derecho a la participación;
  5. Autonomía. Es el reconocimiento de la libertad y dignidad de las personas y organizaciones para ejercer el derecho a la participación, para lo cual las autoridades, instancias, espacios y organizaciones, ejercerán libremente sus funciones en materia de participación, buscando el pleno ejercicio de la libertad y la promoción de la autodeterminación individual y colectiva;
  6. Equidad. Desde la perspectiva de desarrollo humano, el concepto de equidad implica el reconocimiento de las condiciones desiguales que afectan a las personas para el ejercicio de la participación. El desarrollo de la política pública en participación debe tener en cuenta las asimetrías de poder y los diversos puntos de vista evitando las discriminaciones;
  7. Transparencia. Hace referencia al establecimiento de mecanismos de acceso a la información, criterios y dispositivos que garanticen la participación en los procesos de gestión de la salud: de inversión en salud, rendición de cuentas, auditoría y contraloría social e interacción entre los funcionarios y/o trabajadores de la salud con la población, en torno al manejo administrativo y gerencial de los recursos públicos, así como el cumplimiento de políticas públicas y programas e impacto en la población. Se debe tener en cuenta el ejercicio del control social de la ciudadanía en los procesos de participación y uso de recursos públicos que se utilicen para tal fin;
  8. Corresponsabilidad. La política de participación debe favorecer la concurrencia de esfuerzos de los actores sociales concertados y articulados entre sí, en un marco de colaboración protagónica, factibles de realizarse para enfrentar situaciones concretas relacionadas con los procesos de participación social en salud con el fin de lograr un mayor impacto en la calidad de vida.

Metodología

Diagnóstico y Autoevaluación Organizacional

Oncomedic reconoce la participación en salud como un derecho y un deber, que incluye aspectos de auto-cuidado, cuidado comunitario y social, respeto por la institucionalidad y los recursos públicos, reconoce y enseña que todos hacemos parte de un sistema que debemos cuidar y valorar como premisa para poder usufructuar los beneficios y derechos de este.

Existen algunas dificultades es el aspecto de lograr participación desde la mala percepción del sistema, la falta de conocimiento de los derechos y deberes,  la prioridad de la atención del paciente oncologico, la gran cantidad de leyes de participación que se pueden “acomodar” de acuerdo con los intereses de los diferentes actores.

En Oncomedic se ha desarrollado un trabajo con la comunidad tratando de entender  sus lógicas, propiciando y educando a los usuarios internos y externos  en la participación con visión de derechos y deberes en la salud, sin embargo es necesario fortalecer  la institucionalidad en salud, lo que las pone en desventajas: de discurso, capacidad técnica,

=Caracterización de la población

Organización del Programa

El programa es liderado en la organización por el gerente quien a su vez delega en el comité de calidad, comité de ética hospitalaria y la asociación de usuarios el fortalecimiento del mismo

Campo De Aplicación del Programa

El programa de participación ciudadana de Oncomedic ltda compromete a toda la organización usuarios y comunidad en general promoviendo su desarrollo articulado al direccionamiento estratégico, se realiza una evaluación anual.

Estrategias, Acciones y Responsable

Lineas estratégicas

  1. E2la: crear una estrategia pedagógica permanente en salud para cualificar a los ciudadanos en los procesos de Participación, en los temas de interés en salud y en el derecho a la salud
  2. E2li: Definir los mecanismos de consulta y de la transferencia de la información requerida para garantizar la Participación de la comunidad, en las definiciones de política integral de salud, en las prioridades en salud, Así como en inclusiones y exclusiones
  3. E3lb: Diseñar una estrategia de comunicación e información para la promoción y socialización de una cultura de Bienestar y salud con perspectiva comunitaria.
  4. E3ld: Conformar y/o consolidar mecanismos de espacios para que la ciudadanía participe y se apropie de los Programas de promoción y prevención

Metas

  1. Fortalecimiento institucional: mediante el Programa de participación social se incorporar en la organización un enfoque diferencial en el desarrollo de los espacios de participación en salud, liderado por el comité de calidad, comité de Ética hospitalaria y Alianza de usuarios.
  2. Impulso a la cultura de la salud: apropiación de la salud en la vida cotidiana y en el ejercicio del cuidado (colectivo) y del auto-cuidado (individual), como elemento esencial para el cumplimiento del derecho a la salud mediante promoción y socialización de una cultura de bienestar y salud con perspectiva comunitaria, mediante las acciones de artesana arte que sana y la socialización en la pagina oncologi.co
  3. Empoderamiento Ciudadano en aspectos de participación, transparencia y control social: para que logre cumplir un rol activo y participativo que posibilite garantizar el derecho fundamental a la salud mediante  estrategias pedagógicas en los procesos de participación y temas de interés en salud y en el derecho a la salud, uso y apropiación de las tecnologías de información y las comunicaciones incluido el acceso a medios, boletines, periódicos que permitan impulsar y visibilizar los procesos participativos para garantizar la participación de la comunidad, en las definiciones de política integral de salud, en las prioridades en salud, así como en inclusiones y exclusiones.
    *Deberes y derechos de los usuarios.
    *Atención a los Usuarios (SIAU)
    *Asociación de Usuarios
    *Comité de Ética Hospitalaria
    *Pagina institucional oncologi.co
    *pospopuli.minsalud.gov.co/PospopuliWeb/paginas/HomeMedicamentos.aspx#search1 Mi Vox-pópuli
    *El portal de participación ciudadana del Ministerio de Salud y Protección Social.Procedimiento técnico-científico y participativo para la exclusión de tecnología


Tiempo de ejecución y Fecha de revisión del programa

Es un programa permanente con evaluaciones en los comités de alianza de usuarios, calidad y ética hospitalaria.

Recursos del Programa

Recursos humanos: La organzación dispone de su recurso humano para motivar la participación ciudadana, los procedientos están liderados tanto por el comité de calidad, como el de ética hospitalaria, así como la asociación de usuarios
Recursos técnicos: Departamento de calidad y atención al usuario y equipo de cómputo, buzón de sugerencias, cartelera informativa y atención preferencial.  Material impreso y digital para la divulgación de deberes y derechos en salud a los usuarios, pagina oncologi.co, redes sociales.